Impuesto sobre Sucesiones en España 2026
Estrategias personalizadas de nuestros abogados de sucesiones para aprovechar las deducciones aplicables en tu comunidad autónoma.
Heredar bienes en España puede resultar complejo tanto desde el punto de vista legal como emocional, especialmente cuando los herederos residen en el extranjero o cuando el fallecido era titular de inmuebles, cuentas bancarias o inversiones en distintos países. El Impuesto sobre Sucesiones en España depende del valor de los bienes recibidos por cada heredero, del grado de parentesco con el fallecido, del patrimonio preexistente del heredero, de la residencia fiscal y de la comunidad autónoma cuya normativa resulte aplicable. La escala estatal del impuesto oscila entre el 7,65 % y el 34 %, antes de aplicar las bonificaciones autonómicas, las reducciones por parentesco y los coeficientes multiplicadores.
En Pellicer & Heredia, nuestros abogados especializados en el Impuesto sobre Sucesiones acompañan a las familias extranjeras durante todo el procedimiento: determinan la normativa aplicable, preparan la documentación, calculan el impuesto, presentan el Modelo 650, se coordinan con notarías y gestionan la adjudicación de los bienes situados en España a los herederos. Nuestro objetivo es que la tramitación de la herencia sea clara, cumpla con todas las obligaciones legales y resulte fiscalmente eficiente desde la primera revisión.
Revisado por Guillermo Romano Ortiz, asesor fiscal internacional en Pellicer & Heredia.
- Miembro del Colegio de Gestores Administrativos de Alicante
- Idiomas: inglés y español
- Última actualización: julio de 2026.

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Datos clave sobre el Impuesto sobre Sucesiones en España
Denominación fiscal en España
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
Modelo principal para las herencias
Modelo 650
Quién paga
Cada heredero, legatario o beneficiario de un seguro de vida
Plazo
Seis meses desde la fecha del fallecimiento
Prórroga
Puede solicitarse una prórroga de otros seis meses dentro de los cinco primeros meses.
Tipos impositivos estatales
Escala progresiva del 7,65 % al 34 % antes de aplicar los coeficientes multiplicadores y los beneficios fiscales autonómicos.
Principales variables
Valor de los bienes, grado de parentesco, normativa autonómica, residencia fiscal, patrimonio preexistente y deducciones.
Valoración de inmuebles
Los inmuebles situados en España se valoran generalmente conforme al valor de referencia catastral o al valor declarado, si este es superior.
Herederos no residentes
Por lo general, presentan el impuesto ante la Agencia Tributaria cuando el fallecido o el heredero es no residente.
Comunidad Valenciana
Los Grupos I y II se benefician de una bonificación autonómica del 99 % cuando se cumplen los requisitos.
¿Qué es el Impuesto sobre Sucesiones en España?
El Impuesto sobre Sucesiones en España es un impuesto personal que grava los bienes y derechos que recibe una persona física tras el fallecimiento de otra. Se aplica a herencias, legados, derechos sucesorios y, en muchos casos, a las prestaciones de seguros de vida cuando el tomador de la póliza es distinto del beneficiario.
El impuesto no se calcula sobre la herencia como un bloque único. Cada heredero tributa por separado sobre el valor neto de lo que recibe. Por este motivo, dos personas que heredan de la misma herencia pueden pagar importes diferentes: una puede ser el cónyuge o un hijo, otra puede ser un hermano o un beneficiario sin parentesco, y cada una puede residir en un país distinto.
El Impuesto sobre Sucesiones está estrechamente vinculado al derecho sucesorio, pero no son lo mismo. El derecho sucesorio determina quién hereda y en qué proporción. El Impuesto sobre Sucesiones determina cuánto debe pagar cada heredero para aceptar e inscribir los bienes heredados.
¿Quién debe pagar el Impuesto sobre Sucesiones en España?
El Impuesto sobre Sucesiones lo paga la persona que recibe la herencia. Puede tratarse de un heredero, un legatario o el beneficiario de un seguro de vida. La obligación puede surgir tanto si el heredero reside en España como si vive en el extranjero. El Impuesto sobre Sucesiones en España puede afectar a los herederos extranjeros en cuatro situaciones habituales:
Si el fallecido residía en el extranjero
El Impuesto sobre Sucesiones en España puede resultar aplicable aunque el fallecido no fuera residente fiscal en España. Los factores determinantes son si el heredero reside en España y si la herencia incluye bienes situados en territorio español. Por ejemplo, si un progenitor que residía en el Reino Unido, Estados Unidos, Canadá u otro país fallece y deja bienes a un hijo que es residente fiscal en España, este puede estar obligado a declarar la herencia en España.
Si el heredero reside fuera de España
Residir en el extranjero no elimina automáticamente las obligaciones relativas al Impuesto sobre Sucesiones en España. Un beneficiario no residente puede estar obligado a presentar y pagar el impuesto en España cuando hereda bienes situados en territorio español.
Esto ocurre con frecuencia cuando alguien hereda un inmueble en España, dinero depositado en una cuenta bancaria española o derechos que deben ejercerse en España. En estos casos, la declaración suele limitarse a los bienes situados en España que se hayan recibido.
Si ambos residían en el extranjero, pero los bienes están en España
Esta es una de las situaciones más frecuentes para las familias internacionales con inmuebles en la Costa Blanca, Alicante, Valencia, Murcia, Andalucía o las Islas Baleares. Aunque ni el fallecido ni el heredero residieran en España, la Administración tributaria española puede gravar los bienes situados en territorio español.
La declaración suele limitarse a la parte de la herencia situada en España. No obstante, el procedimiento legal puede incluir varios trámites: aceptar la herencia, obtener un NIE si fuera necesario, presentar el Modelo 650, pagar el impuesto correspondiente y actualizar la titularidad en el Registro de la Propiedad o ante la entidad bancaria o institución competente.
Si ambos residían en España, pero los bienes están en el extranjero
La residencia fiscal en España genera una obligación más amplia respecto al Impuesto sobre Sucesiones. Cuando tanto el fallecido como el heredero eran residentes fiscales en España, el heredero puede estar obligado a declarar la herencia en España aunque los bienes estén situados en otro país.
Esto puede incluir inmuebles en el extranjero, cuentas bancarias fuera de España, carteras de inversión, participaciones en sociedades u otros bienes recibidos de la herencia. En algunos casos, también puede haberse pagado un impuesto en el extranjero, por lo que conviene revisar si puede aplicarse algún crédito fiscal, deducción o mecanismo para evitar la doble imposición.
Nuestros servicios de herencia para expatriados, no residentes y residentes.
Cada herencia es diferente, especialmente cuando los familiares, los bienes o la residencia fiscal están vinculados a más de un país. Nuestro equipo ayuda a los herederos a comprender su situación jurídica, calcular el impacto fiscal, preparar la documentación necesaria y completar el procedimiento sucesorio en España con claridad y seguridad jurídica.
Asesoramiento y planificación fiscal
Antes de aceptar una herencia, analizamos las consecuencias fiscales para cada heredero, incluidas las reducciones aplicables, las bonificaciones, los beneficios fiscales autonómicos y las posibles situaciones de doble imposición. Esto nos permite estimar con antelación la carga del Impuesto sobre Sucesiones y diseñar la estrategia jurídica y fiscal más eficiente para los bienes implicados.
Procedimientos y formularios de impuestos
Nos encargamos de preparar y presentar los modelos oficiales del Impuesto sobre Sucesiones, junto con la documentación exigida por la Administración tributaria española. Nuestro trabajo incluye revisar certificados, testamentos, escrituras, valoraciones de bienes y plazos, para que el procedimiento avance correctamente y sin retrasos innecesarios.
Conflictos y reclamaciones en herencias
Cuando surgen discrepancias entre herederos, beneficiarios o terceros, ayudamos a proteger los derechos de nuestros clientes mediante la negociación, la mediación o el ejercicio de acciones legales cuando resulta necesario. Nuestro objetivo es resolver el conflicto de forma eficiente, salvaguardando la parte de la herencia que corresponde al cliente y evitando, siempre que sea posible, una escalada innecesaria.
Sucesiones internacionales y casos transfronterizos
Muchas herencias vinculadas a España incluyen herederos que residen en el extranjero, testamentos otorgados fuera de España, bienes situados en otros países o documentos expedidos por autoridades extranjeras. Cuando es necesario, coordinamos el procedimiento jurídico y fiscal español con abogados, notarios y autoridades de otros países, asegurándonos de que los documentos internacionales sean válidos, estén traducidos y apostillados, y puedan ser aceptados en España.
Herencia sin testamento
Cuando no existe un testamento válido, la herencia suele tramitarse mediante un procedimiento de sucesión intestada. Asistimos en la declaración de herederos, la adjudicación de los bienes conforme a las normas sucesorias españolas y el cumplimiento de los trámites formales exigidos ante notario, registro u otra autoridad competente.
Asistencia legal completa
Desde la primera revisión de la herencia hasta la inscripción definitiva o la transferencia de los bienes heredados, ofrecemos asistencia jurídica integral durante todo el procedimiento. Esto puede incluir la obtención de certificados, la revisión de testamentos y últimas voluntades, la preparación de traducciones juradas, la inscripción de inmuebles heredados, el reparto de bienes entre los herederos y la realización de gestiones con entidades bancarias, registros o administraciones públicas.
¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Sucesiones en España?
Paso 1: Identificar a cada heredero y su parte de la herencia
El primer paso consiste en identificar a todos los herederos, legatarios y beneficiarios, y determinar la parte exacta de la herencia que recibe cada persona. Para ello, es necesario revisar el testamento, el certificado de últimas voluntades, la escritura de declaración de herederos cuando no existe testamento y la documentación correspondiente a los seguros de vida.
Paso 2: Valorar los bienes en la fecha del fallecimiento
Los bienes deben valorarse en la fecha del fallecimiento. En el caso de los inmuebles situados en España, suele comprobarse el valor de referencia catastral. Si el valor declarado es superior al valor de referencia, se utiliza el valor declarado más alto. También deben documentarse y valorarse los saldos bancarios, las carteras de inversión, los vehículos, las participaciones empresariales y otros derechos.
Paso 3: Deducir las deudas y los gastos deducibles
Determinadas deudas y gastos pueden reducir la base imponible si están debidamente documentados. Entre ellos pueden incluirse las deudas contraídas por el fallecido, los gastos funerarios y de sepelio, los gastos derivados de la última enfermedad y otras cargas deducibles reconocidas por la legislación española. La deuda hipotecaria vinculada a un inmueble heredado debe revisarse cuidadosamente, ya que el valor del bien y el importe pendiente de la deuda no son lo mismo.
Paso 4: Aplicar las reducciones por parentesco
La normativa estatal clasifica a los herederos en distintos grupos de parentesco. Los hijos, cónyuges y padres suelen recibir un tratamiento más favorable que los hermanos, sobrinos, primos o beneficiarios sin parentesco. Las comunidades autónomas pueden mejorar estas reducciones, por lo que es necesario comprobar la normativa regional aplicable antes de presentar el impuesto.
Grupo I
Descendientes y adoptados menores de 21 años
15.956,87€ más 3.990,72€ por cada año que falte para cumplir los 21, hasta un máximo de 47.858,59€
Grupo II
Descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges, ascendientes y adoptantes
15.956,87€
Grupo III
Parientes colaterales de segundo y tercer grado y familiares por afinidad, como hermanos, tíos y sobrinos
7.993,46€
Grupo IV
Parientes de cuarto grado, familiares más lejanos y beneficiarios sin parentesco
Sin reducción estatal por parentesco
Paso 5: Aplicar la escala progresiva del impuesto
La escala estatal es progresiva y oscila entre el 7,65% y el 34%. Algunas comunidades autónomas aprueban su propia escala o establecen importantes reducciones y bonificaciones. El tipo impositivo, por sí solo, no permite conocer la cuota final, ya que el cálculo también depende del grupo de parentesco del heredero y del coeficiente multiplicador aplicable según su patrimonio preexistente.
Paso 6: Aplicar los coeficientes multiplicadores
Después de calcular la cuota íntegra, la normativa española puede aplicar coeficientes multiplicadores en función del grupo de parentesco del heredero y de su patrimonio preexistente. Esta es una de las razones por las que un familiar lejano o un beneficiario sin parentesco puede soportar una carga fiscal efectiva mucho mayor que la de un cónyuge o un hijo que herede el mismo bien.
Paso 7: Aplicar las bonificaciones autonómicas
Los beneficios fiscales autonómicos pueden reducir considerablemente el importe final a pagar. En algunas comunidades autónomas, los familiares directos pueden pagar únicamente una cantidad residual. En otras, el impuesto puede seguir siendo elevado. Por este motivo, debe analizarse la vinculación autonómica antes de considerar fiable cualquier cálculo.
¿Qué normativa autonómica del Impuesto sobre Sucesiones resulta aplicable?
España cuenta con un marco estatal para el Impuesto sobre Sucesiones, pero las comunidades autónomas pueden regular las reducciones, las escalas y las bonificaciones. La normativa autonómica aplicable depende de la residencia del fallecido, la residencia del heredero y la ubicación de los bienes, especialmente cuando intervienen no residentes.
En los casos de no residentes, el impuesto puede gestionarse ante la Agencia Tributaria, pero los herederos suelen poder aplicar la normativa de la comunidad autónoma vinculada al fallecido o a los bienes situados en España. Esto resulta especialmente importante para las familias extranjeras que heredan inmuebles en Valencia, Alicante, Málaga, Madrid, las Islas Baleares u otras regiones con una normativa favorable.
Impuesto sobre Sucesiones en Valencia y la Costa Blanca
La Comunidad Valenciana, que incluye Alicante, Valencia y Castellón, resulta especialmente relevante para muchas familias extranjeras, ya que un gran número de expatriados posee inmuebles en la Costa Blanca. Conforme a la normativa valenciana vigente, las herencias recibidas por familiares de los Grupos I y II, como hijos, cónyuges y padres, pueden beneficiarse de una bonificación del 99 % sobre la cuota correspondiente del Impuesto sobre Sucesiones, siempre que se cumplan los requisitos legales y los bienes se declaren correctamente.
Desde el 1 de junio de 2026, la normativa valenciana también introduce una bonificación del 25 % para determinados parientes colaterales incluidos en el Grupo III, como hermanos, tíos y sobrinos consanguíneos. A partir del 1 de junio de 2027, está previsto que esta bonificación aumente al 50 %. Estas reglas hacen que la correcta clasificación del heredero sea esencial antes de presentar el Modelo 650.
La bonificación del 99 % no significa que no sea necesario realizar ningún trámite. Los herederos deben preparar igualmente la documentación de la herencia, presentar la autoliquidación, aplicar correctamente el beneficio fiscal autonómico y completar los trámites notariales y registrales correspondientes. No presentar el impuesto porque se espera que la cuota sea reducida es uno de los errores más frecuentes.
Impuesto sobre Sucesiones en España para no residentes
Los herederos no residentes suelen asumir que el Impuesto sobre Sucesiones en España no resulta aplicable porque viven en el extranjero. Esto es incorrecto. Cuando un no residente hereda un inmueble situado en España, una cuenta bancaria española u otros bienes localizados o ejercitables en territorio español, puede estar obligado a pagar el Impuesto sobre Sucesiones y a presentar el Modelo 650.
En muchos casos de no residentes, la presentación se realiza ante la Agencia Tributaria. Por lo general, se prepara una autoliquidación independiente para cada heredero. Los herederos pueden necesitar un número de identificación fiscal español, documentos apostillados, traducciones juradas y representación en España para coordinar las gestiones con entidades bancarias, notarías, registros y autoridades tributarias.
Los herederos no residentes también deben comprobar si pueden surgir obligaciones por el Impuesto sobre Sucesiones o por un impuesto equivalente sobre la herencia en su país de residencia o nacionalidad. La presentación del Impuesto sobre Sucesiones en España no resuelve automáticamente las obligaciones fiscales o informativas que puedan existir en el Reino Unido, Estados Unidos, Canadá, Países Bajos o Alemania.
Heredar un inmueble en España
Cuando la herencia incluye un inmueble situado en España, la presentación del impuesto es solo una parte del procedimiento. Los herederos también deben aceptar la herencia ante notario español o mediante un documento válido en España, liquidar el impuesto correspondiente, gestionar la plusvalía municipal cuando resulte aplicable e inscribir la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad.
Por lo general, el inmueble no puede venderse ni transmitirse con plenas garantías hasta que la herencia haya sido aceptada, se hayan cumplido las obligaciones fiscales y se haya actualizado la titularidad. En el caso de los herederos extranjeros, esto suele requerir un poder notarial para que el abogado en España pueda actuar sin que los herederos tengan que desplazarse repetidamente al país.
Documentos necesarios para presentar el Impuesto sobre Sucesiones en España
Los documentos necesarios dependen de si el fallecido murió en España o en el extranjero, de si existe un testamento español y de si los herederos son residentes o no residentes. En las herencias transfronterizas, los documentos extranjeros suelen necesitar la Apostilla de La Haya y una traducción jurada al español.
- Certificado de defunción del fallecido.
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, cuando resulte aplicable.
- Copia del testamento o de la declaración de herederos.
- Certificado del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, cuando resulte aplicable.
- Pasaportes o documentos de identidad de los herederos.
- Números de NIE de los herederos que deban presentar el impuesto o recibir bienes situados en España.
- Escrituras de propiedad, referencias catastrales y recibos del IBI.
- Certificados bancarios que acrediten los saldos existentes en la fecha del fallecimiento.
- Extractos hipotecarios, certificados de deudas y facturas de gastos deducibles.
- Apostillas y traducciones juradas de los documentos extranjeros.
Cómo presentar el Impuesto sobre Sucesiones en España paso a paso
El procedimiento debe organizarse antes de que el plazo de seis meses empiece a generar presión. Este es el proceso habitual que sigue Pellicer & Heredia en los casos internacionales relacionados con el Impuesto sobre Sucesiones.
Paso 1: Revisar la situación familiar y fiscal
Confirmamos quiénes son los herederos, dónde residen, dónde tenía su residencia el fallecido y qué bienes están situados en España.
Paso 2: Revisar el testamento y la legislación sucesoria
Analizamos si existe un testamento español, un testamento extranjero, un Certificado Sucesorio Europeo o un procedimiento de sucesión intestada.
Paso 3: Solicitar los certificados necesarios
Esto incluye el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el certificado de seguros de vida y los certificados de los bienes.
Paso 4: Valorar los bienes situados en España
Revisamos el valor de los inmuebles, los saldos bancarios, las cuentas de inversión, las deudas y los gastos deducibles existentes en la fecha del fallecimiento.
Paso 5: Identificar la normativa autonómica aplicable
Determinamos si resultan aplicables las normas estatales o las reducciones y bonificaciones de una comunidad autónoma.
Paso 6: Calcular el impuesto correspondiente a cada heredero
Cada heredero recibe un cálculo individual basado en su parte de la herencia, su grupo de parentesco, las reducciones y los coeficientes multiplicadores aplicables.
Paso 7: Preparar y presentar el Modelo 650
Presentamos la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y adjuntamos la documentación justificativa exigida por la Administración tributaria.
Paso 8: Completar los trámites notariales y registrales
Una vez resuelta la situación fiscal, coordinamos la inscripción de los inmuebles, el desbloqueo de las cuentas bancarias y la transmisión de los bienes heredados.
Impuesto sobre Sucesiones frente al Impuesto sobre Donaciones en España
El Impuesto sobre Sucesiones se aplica cuando los bienes se reciben tras el fallecimiento. El Impuesto sobre Donaciones se aplica cuando se transmiten bienes o dinero durante la vida del donante. Ambos forman parte del mismo impuesto en España, pero no reciben exactamente el mismo tratamiento. El momento de la transmisión, la documentación, la fecha de valoración, la normativa autonómica aplicable y las opciones de planificación pueden ser diferentes.
Una donación en vida puede resultar útil en algunos casos para planificar la sucesión, pero también puede generar obligaciones por el Impuesto sobre Donaciones, el impuesto sobre las ganancias patrimoniales, la plusvalía municipal y consecuencias fiscales para la futura herencia. Antes de transmitir un inmueble o dinero a hijos, cónyuges o familiares, conviene calcular el impacto fiscal en ambos escenarios: donar ahora o heredar más adelante.
Errores frecuentes que debes evitar en el Impuesto sobre Sucesiones en España
La mayoría de los problemas relacionados con el Impuesto sobre Sucesiones surgen por actuar demasiado tarde o por utilizar calculadoras genéricas en línea que no tienen en cuenta el grado de parentesco, la normativa autonómica ni las reglas aplicables a los no residentes.
- Incumplir el plazo de seis meses o solicitar la prórroga demasiado tarde.
- Suponer que una bonificación autonómica del 99 % significa que no es necesario presentar la autoliquidación.
- Utilizar el precio de venta de mercado en lugar del valor fiscal correcto del inmueble situado en España.
- Ignorar el valor de referencia catastral al valorar los inmuebles.
- Tratar a todos los herederos como si tuvieran la misma situación fiscal.
- Olvidar las pólizas de seguro de vida vinculadas al fallecido.
- No deducir las deudas y los gastos admisibles porque la documentación no se recopiló a tiempo.
- Aplicar la normativa estatal cuando podría resultar aplicable una normativa autonómica más favorable.
- Vender un inmueble antes de completar la aceptación de la herencia y su inscripción registral.
- Ignorar las obligaciones fiscales existentes en el país de residencia del heredero.
Cómo gestiona Pellicer & Heredia el Impuesto sobre Sucesiones en España
Pellicer & Heredia es un despacho de abogados internacional con sede en Alicante y amplia experiencia en el asesoramiento a clientes extranjeros que viven, invierten, se jubilan o heredan bienes en España. Nuestro equipo combina derecho sucesorio, asesoramiento fiscal, derecho inmobiliario y coordinación jurídica transfronteriza, algo esencial cuando una herencia afecta a más de un país.
El procedimiento comienza con una revisión completa de la herencia, los herederos y los posibles elementos transfronterizos. Identificamos los documentos sucesorios aplicables, comprobamos si es necesario obtener números de NIE, analizamos la normativa fiscal autonómica correspondiente y preparamos una estimación clara del impuesto antes de presentar la autoliquidación. A continuación, coordinamos los trámites prácticos, incluidos los certificados, las traducciones juradas, los poderes notariales, la comunicación con las entidades bancarias, la escritura de aceptación de herencia, el Modelo 650 y la inscripción de los inmuebles.
Nuestro objetivo es ayudar a los herederos a presentar correctamente el impuesto, evitar pagos excesivos, prevenir sanciones y garantizar que los bienes situados en España puedan transmitirse, venderse o gestionarse sin incertidumbre jurídica.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por el Impuesto sobre Sucesiones en España en 2026?
El Impuesto sobre Sucesiones en España es progresivo. La escala estatal oscila entre el 7,65% y el 34%, pero el importe final depende de la normativa autonómica, el valor heredado por cada heredero, el grado de parentesco, el patrimonio preexistente y las reducciones disponibles. En algunas comunidades autónomas, los cónyuges, hijos y padres pagan cantidades muy reducidas gracias a las bonificaciones autonómicas. En otros casos, especialmente cuando se trata de familiares lejanos o beneficiarios sin parentesco, el impuesto puede ser considerablemente más elevado.
¿Quién paga el Impuesto sobre Sucesiones en España?
Cada persona que recibe bienes es responsable de pagar el Impuesto sobre Sucesiones en España. Esto incluye a los herederos, legatarios y beneficiarios de pólizas de seguro de vida. La herencia no tributa como un único contribuyente. Cada beneficiario debe calcular su propia parte imponible, aplicar las reducciones correspondientes y presentar el modelo fiscal pertinente cuando resulte aplicable el Impuesto sobre Sucesiones en España.
¿Es el Impuesto sobre Sucesiones en España igual que el estate tax del Reino Unido o de Estados Unidos?
No. El Impuesto sobre Sucesiones en España grava la adquisición realizada por el beneficiario, mientras que las normas británicas o estadounidenses sobre estate tax e inheritance tax siguen sus propios sistemas. Una herencia transfronteriza puede requerir un análisis fiscal en más de un país. Pagar el impuesto en España no elimina automáticamente las obligaciones fiscales o informativas existentes en el extranjero.
¿Los no residentes pagan el Impuesto sobre Sucesiones en España?
Sí. Un no residente puede estar sujeto al Impuesto sobre Sucesiones en España cuando hereda bienes situados en el país, como inmuebles, cuentas bancarias, carteras de inversión u otros derechos ejercitables en España. En los casos de no residentes, la presentación suele realizarse ante la Agencia Tributaria mediante el Modelo 650, aunque también puede resultar aplicable una normativa autonómica más favorable dependiendo de la vinculación de la herencia con España.
¿Qué normativa autonómica se aplica a una herencia en España?
La respuesta depende de la residencia del fallecido, la residencia del heredero y la ubicación de los bienes situados en España. En los casos de no residentes, los herederos pueden presentar el impuesto ante la Agencia Tributaria y, al mismo tiempo, aplicar la normativa autonómica vinculada al fallecido o a los bienes situados en España. Este es uno de los aspectos más importantes del cálculo.
¿Qué documentos necesitan los herederos extranjeros para tramitar una herencia en España?
Los herederos extranjeros suelen necesitar el certificado de defunción, el testamento o la declaración de herederos, los certificados de últimas voluntades y de seguros de vida, los pasaportes, los números de NIE, las escrituras de propiedad, los certificados bancarios, la documentación relativa a las deudas y la información fiscal. Los documentos extranjeros suelen requerir la Apostilla de La Haya y una traducción jurada al español.
¿Qué es el Modelo 650 en España?
El Modelo 650 es la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones en España utilizada para declarar las adquisiciones por causa de muerte. Deben presentarlo los herederos, legatarios o beneficiarios de seguros de vida cuando la herencia deba declararse en España. En los casos de no residentes, cada sujeto pasivo presenta normalmente una autoliquidación independiente ante la Agencia Tributaria y adjunta la documentación justificativa exigida.
¿Cuál es el plazo para presentar el Impuesto sobre Sucesiones en España?
El plazo general es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga de otros seis meses, pero debe pedirse dentro de los cinco primeros meses del plazo de presentación. Esperar hasta el último mes entraña riesgos, ya que la obtención de documentos extranjeros, apostillas, traducciones y certificados de los bienes puede llevar tiempo.
¿Puedo solicitar una prórroga para presentar el Impuesto sobre Sucesiones en España?
Sí. Por lo general, puede solicitarse una prórroga por un periodo igual al plazo inicial de presentación, pero la solicitud debe realizarse dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento. En ella deben identificarse el fallecido, los herederos, su grado de parentesco, los bienes aproximados que integran la herencia y los motivos por los que se necesita más tiempo.
¿Qué ocurre si presento el Impuesto sobre Sucesiones fuera de plazo en España?
Incumplir el plazo puede dar lugar a recargos, intereses y posibles sanciones. También puede bloquear trámites prácticos, como el desbloqueo de fondos bancarios o la inscripción de un inmueble a nombre de los herederos. Cuando el vencimiento se aproxima, resulta preferible solicitar una prórroga dentro del periodo permitido que presentar la autoliquidación fuera de plazo sin planificación.
¿Los hijos y los cónyuges pagan el Impuesto sobre Sucesiones en Valencia?
En la Comunidad Valenciana, que incluye Alicante, Valencia y Castellón, los hijos, cónyuges y padres se encuadran generalmente en los Grupos I y II y pueden beneficiarse de una bonificación del 99 % sobre la cuota del Impuesto sobre Sucesiones cuando se cumplen los requisitos legales. El procedimiento tributario debe completarse igualmente y el beneficio fiscal debe aplicarse correctamente en la autoliquidación.
¿Necesito un NIE para heredar en España?
En la mayoría de los casos prácticos, sí. Los herederos que reciben bienes situados en España suelen necesitar un número de NIE para presentar los impuestos, formalizar escrituras notariales, realizar gestiones bancarias y actualizar la titularidad en el Registro de la Propiedad. Un abogado puede ayudar a obtener el NIE y coordinar el procedimiento mediante un poder notarial cuando el heredero reside en el extranjero.
¿Cómo se valora un inmueble en España a efectos del Impuesto sobre Sucesiones?
Los inmuebles situados en España se valoran en la fecha del fallecimiento. El valor de referencia catastral suele ser relevante a efectos fiscales y, cuando el valor declarado es superior, puede utilizarse este último. La valoración del inmueble debe revisarse antes de presentar la autoliquidación, ya que un valor incorrecto puede dar lugar a regularizaciones tributarias, sanciones o retrasos en la inscripción registral.
¿Pueden deducirse las deudas en el Impuesto sobre Sucesiones en España?
Determinadas deudas y gastos pueden deducirse cuando están debidamente documentados. Entre ellos pueden incluirse las deudas del fallecido, las deudas tributarias, los gastos funerarios y los gastos de la última enfermedad. La deuda hipotecaria debe analizarse cuidadosamente, ya que su deducibilidad depende de la documentación y de la vinculación de la obligación con el bien heredado.
¿Puedo vender un inmueble heredado en España antes de pagar el Impuesto sobre Sucesiones?
En la práctica, la herencia suele tener que aceptarse, la situación fiscal debe quedar resuelta y la nueva titularidad debe inscribirse antes de que el inmueble pueda venderse con plenas garantías. Los compradores, las notarías y los registros exigirán normalmente que se acredite que el procedimiento sucesorio y las obligaciones tributarias se han cumplido correctamente.
¿Un testamento español reduce el Impuesto sobre Sucesiones?
Un testamento español no reduce automáticamente el Impuesto sobre Sucesiones, pero puede hacer que el procedimiento sea más rápido, claro y sencillo de gestionar. Un buen servicio de planificación sucesoria también puede ayudar a estructurar la herencia de forma que los herederos aprovechen las reducciones disponibles y eviten complicaciones legales innecesarias.
¿Es más favorable el Impuesto sobre Donaciones que el Impuesto sobre Sucesiones en España?
No siempre. Una donación en vida puede resultar útil en algunos casos, pero puede generar obligaciones por el Impuesto sobre Donaciones, el impuesto sobre las ganancias patrimoniales, la plusvalía municipal y determinados requisitos documentales. La opción más conveniente depende del grado de parentesco, la comunidad autónoma, el valor de los bienes, la situación fiscal del donante y los planes futuros para el inmueble.
¿Puede Pellicer & Heredia gestionar la herencia si los herederos residen en el extranjero?
Sí. En muchos casos, los herederos extranjeros pueden otorgar un poder notarial para que Pellicer & Heredia obtenga la documentación necesaria, coordine las gestiones con notarías y entidades bancarias, presente el Impuesto sobre Sucesiones y complete la inscripción de los inmuebles en España. Esto evita desplazamientos repetidos y reduce los retrasos para las familias que residen en el extranjero.
Solicitar una revisión del Impuesto sobre Sucesiones
Si has heredado bienes en España o necesitas saber cuánto podría pagar tu familia por el Impuesto sobre Sucesiones, consulta con nuestros abogados especialistas antes de que el plazo se convierta en un problema.