Abogado mercantil en Alicante
Especializados en derecho empresarial y corporativo para empresas, socios e inversores
Un abogado mercantil asesora a empresas, administradores, socios e inversores en la constitución y gestión de sociedades, pactos entre socios, contratos, compraventa de empresas, conflictos societarios y responsabilidad de administradores.
En Pellicer & Heredia prestamos asesoramiento mercantil preventivo y contencioso desde Alicante, de forma presencial y online, para operaciones nacionales e internacionales. Revisamos el riesgo legal, preparamos la documentación y coordinamos cada actuación ante notaría, Registro Mercantil o los tribunales cuando resulta necesario.
Revisado por Pedro Heredia Ortiz, abogado mercantil internacional en Pellicer & Heredia.
- Colegiado n.º 5954
- Idiomas: inglés y español
- Última actualización: Agosto de 2026.

¿Necesitas tomar una decisión mercantil con seguridad?
Cuéntanos qué operación, contrato o conflicto afecta a tu empresa. Nuestro equipo revisará la situación, te indicará la documentación necesaria y planteará una estrategia jurídica adaptada a tus objetivos.
¿Qué hace un abogado mercantil y cuándo conviene consultarlo?
Un abogado mercantil ayuda a prevenir, ordenar y resolver los problemas jurídicos derivados de la actividad empresarial. Su trabajo no comienza únicamente cuando existe un pleito.
La mayor parte del valor se genera antes: al elegir la estructura adecuada, definir reglas claras entre socios, negociar contratos equilibrados, documentar correctamente los acuerdos y detectar riesgos antes de que afecten a la continuidad o al patrimonio de la empresa.
Antes de constituir o reorganizar una sociedad
Conviene solicitar asesoramiento antes de elegir entre una sociedad limitada, una sociedad anónima u otra estructura, porque la forma jurídica condiciona el capital, el gobierno, la transmisión de participaciones o acciones, la entrada de inversores y las obligaciones futuras.
También es recomendable revisar la estructura cuando la empresa crece, incorpora nuevas líneas de negocio, abre filiales, reúne varias sociedades bajo un grupo o necesita separar actividades y riesgos.
Antes de firmar contratos relevantes
Los contratos con clientes, proveedores, distribuidores, agentes, franquiciados, socios tecnológicos o financiadores deben reflejar con precisión el alcance del servicio, el precio, los plazos, las garantías, la propiedad de los resultados, la confidencialidad, las causas de terminación y el sistema de resolución de conflictos.
Revisarlos antes de la firma permite negociar desde una posición más segura y evita depender de cláusulas ambiguas o desequilibradas.
Cuando aparece un conflicto entre socios o administradores
Los desacuerdos sobre el control, la gestión, los dividendos, la información, la remuneración, la transmisión de participaciones o el cumplimiento de un pacto de socios pueden paralizar la empresa. Una intervención temprana permite revisar estatutos, pactos, actas y comunicaciones, identificar los derechos de cada parte y valorar soluciones negociadas, medidas societarias o acciones judiciales antes de que el conflicto perjudique al negocio.
Antes de comprar, vender o invertir en una empresa
Una operación corporativa exige verificar qué se adquiere y qué obligaciones se asumen. La revisión legal o due diligence debe analizar la titularidad de participaciones, contratos clave, poderes, litigios, licencias, trabajadores, activos, propiedad intelectual, deuda, garantías y cumplimiento normativo. El resultado sirve para ajustar el precio, exigir garantías, establecer condiciones previas al cierre o descartar una operación cuyo riesgo no sea asumible.
Servicios de derecho mercantil y societario
Prestamos asesoramiento en las principales decisiones jurídicas de la vida de una empresa. El alcance se define en función del objetivo, la documentación disponible, las personas implicadas y la urgencia del asunto.
Constitución de sociedades y redacción de estatutos
Te ayudamos a elegir la forma jurídica, definir el objeto social, ordenar el capital, seleccionar el sistema de administración y preparar unos estatutos adaptados al proyecto. Coordinamos la certificación de denominación, la escritura pública, el NIF, la inscripción en el Registro Mercantil y los trámites complementarios.
Aunque una sociedad limitada puede constituirse legalmente con un capital mínimo de 1 euro, analizamos si esa cifra es adecuada para la actividad y explicamos las reglas especiales aplicables mientras el capital y la reserva legal no alcancen 3.000 euros.
Pactos de socios y reglas de gobierno corporativo
Redactamos pactos de socios para regular derechos de voto, mayorías reforzadas, dedicación, remuneración, permanencia, no competencia, entrada de inversores, transmisión de participaciones, acompañamiento, arrastre, resolución de bloqueos y salida.
El pacto debe coordinarse con los estatutos y con los acuerdos sociales, porque los pactos reservados entre socios no son oponibles a la sociedad por el mero hecho de haber sido firmados. También asesoramos en la organización de juntas, consejos, delegaciones de facultades, actas y protocolos internos de decisión.
Ampliaciones y reducciones de capital, transformaciones, fusiones y escisiones
Preparamos y coordinamos operaciones que modifican la estructura de la sociedad: entrada de nuevos socios, capitalización de deuda, aportaciones dinerarias o no dinerarias, reducciones por pérdidas, devolución de aportaciones, transformación del tipo social, fusiones, escisiones y cesiones globales de activo y pasivo.
Estas actuaciones requieren acuerdos, informes, publicidad, protección de socios y acreedores, escritura e inscripción. En las modificaciones estructurales aplicamos el marco vigente del Real Decreto-ley 5/2023 y analizamos sus consecuencias mercantiles, laborales y fiscales con los profesionales correspondientes.
Compraventa de empresas y participaciones, inversión y due diligence
Acompañamos a compradores, vendedores e inversores durante todo el proceso: acuerdo de confidencialidad, carta de intenciones, revisión legal, negociación de precio y ajustes, contrato de compraventa, manifestaciones y garantías, condiciones suspensivas, retenciones, garantías de pago, cierre y actuaciones posteriores.
La documentación se adapta a si la operación consiste en adquirir participaciones, comprar activos o entrar mediante una ampliación de capital.
Contratos mercantiles y relaciones comerciales
Redactamos, revisamos y negociamos contratos de suministro, prestación de servicios, agencia, distribución, franquicia, colaboración, joint venture, fabricación, licencia, confidencialidad y condiciones generales de contratación. Identificamos obligaciones, hitos, responsabilidades, límites indemnizatorios, garantías, protección de información, propiedad de los resultados, duración, terminación y jurisdicción.
En operaciones transfronterizas coordinamos el asunto con el área de comercio internacional para revisar ley aplicable, competencia judicial, arbitraje, pagos y garantías internacionales.
Conflictos entre socios e impugnación de acuerdos sociales
Intervenimos en situaciones de bloqueo, abuso de mayoría o minoría, denegación de información, incumplimiento de pactos, exclusión o separación de socios, discrepancias sobre dividendos, valoración de participaciones y control de la sociedad. Revisamos la validez de convocatorias, constitución de la junta, mayorías, actas y acuerdos.
La acción de impugnación de acuerdos sociales tiene, con carácter general, un plazo de un año, por lo que es importante actuar con rapidez y preservar la documentación y las comunicaciones relevantes.
Deberes y responsabilidad de administradores
Asesoramos a administradores, consejeros, socios y acreedores sobre deberes de diligencia, lealtad, conflictos de interés, uso de activos sociales, operaciones vinculadas y adopción documentada de decisiones.
La limitación de responsabilidad propia de una sociedad de capital no elimina la posible responsabilidad personal del administrador por actuaciones contrarias a la ley, a los estatutos o a los deberes del cargo. También analizamos las obligaciones que surgen cuando existe una causa de disolución o una situación de insolvencia y los plazos para actuar.
Secretaría societaria y asesoría mercantil continuada
Podemos actuar como apoyo jurídico recurrente de la empresa para preparar convocatorias, órdenes del día, actas, certificaciones, poderes, cambios de órgano de administración, libros societarios, modificaciones estatutarias y operaciones ordinarias.
La asesoría continuada permite que el abogado conozca la estructura y los contratos del negocio, responda con mayor rapidez y ayude a establecer un calendario de obligaciones mercantiles y decisiones que requieren aprobación o inscripción.
Negociación, mediación y litigios mercantiles
Cuando surge un incumplimiento, analizamos la posición jurídica y económica antes de elegir la vía. Podemos preparar requerimientos, negociar acuerdos, participar en mediación, solicitar medidas cautelares o ejercer la defensa ante los juzgados y tribunales.
El objetivo no es judicializar automáticamente el conflicto, sino seleccionar la estrategia que mejor proteja el negocio, el tiempo, la prueba disponible, la posibilidad real de cobro y la relación comercial entre las partes.
Datos y plazos mercantiles que tu empresa debe conocer
Las siguientes reglas son especialmente útiles para la gestión societaria ordinaria. Deben interpretarse junto con los estatutos, el cierre real del ejercicio y las circunstancias de cada sociedad.
Capital mínimo de una SL
1 euro. Si no alcanza 3.000 euros, se aplican reglas adicionales de reserva y responsabilidad en liquidación.
Capital mínimo de una SA
60.000 euros.
Formulación de cuentas
Máximo 3 meses desde el cierre del ejercicio.
Aprobación de cuentas
Dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio.
Conservación de documentación mercantil
6 años desde el último asiento en los libros.
Impugnación de acuerdos sociales
Plazo general de 1 año, salvo acuerdos contrarios al orden público.
Reacción ante causa de disolución
Los administradores deben actuar dentro del plazo legal de 2 meses para evitar determinados riesgos de responsabilidad.
Cómo trabajamos el asesoramiento mercantil
Cada encargo se adapta al asunto, pero seguimos un proceso estructurado para que el cliente conozca desde el principio el objetivo, la documentación, las alternativas y los siguientes pasos.
Paso 1 - Primera consulta y definición del objetivo
Nos explicas la operación o el conflicto, quiénes intervienen, qué decisiones se han tomado y qué resultado necesitas. Identificamos la urgencia, los plazos que podrían estar corriendo y la documentación inicial que debemos revisar. También aclaramos si el asunto exige coordinación con fiscalistas, economistas, laboralistas, auditores, notarios o profesionales de otra jurisdicción.
Paso 2 - Revisión de documentos y situación registral
Analizamos estatutos, pactos de socios, escrituras, notas simples, actas, poderes, contratos, cuentas, comunicaciones y antecedentes. Cuando procede, comprobamos la información disponible en el Registro Mercantil y revisamos quién tiene facultades para representar a la sociedad, qué acuerdos son necesarios y si existen limitaciones contractuales o societarias.
Paso 3 - Diagnóstico, riesgos y alternativas
Preparamos una valoración comprensible de la situación. Explicamos qué puede hacerse, qué requisitos exige cada opción, qué riesgos existen, qué plazos deben respetarse y qué consecuencias tendría no actuar. En operaciones complejas, el diagnóstico puede materializarse en un informe de due diligence, una matriz de riesgos o un memorando con recomendaciones.
Paso 4 - Redacción y negociación
Elaboramos o revisamos los documentos necesarios: contratos, pactos, acuerdos, actas, cartas de intenciones, requerimientos, informes o documentos de cierre. Negociamos con la otra parte cuando el encargo lo requiere y registramos los cambios para que el cliente pueda comprender qué se acepta, qué se rechaza y qué riesgo permanece.
Paso 5 - Aprobación, firma y ejecución
Coordinamos juntas, consejos, firmas privadas, notaría, Registro Mercantil, pagos, entregas y condiciones previas o posteriores. Comprobamos que las personas firmantes tienen facultades suficientes y que la operación queda correctamente documentada. Si el asunto es contencioso, presentamos las actuaciones y dirigimos la estrategia procesal o de negociación.
Paso 6 - Seguimiento y cumplimiento posterior
Tras la firma o el acuerdo, verificamos las obligaciones pendientes: inscripciones, comunicaciones, actualización de libros, cambios de poderes, pagos aplazados, garantías, renovaciones, calendario de hitos o seguimiento del cumplimiento. El cierre jurídico de una operación no siempre coincide con la firma; por eso dejamos identificadas las actuaciones posteriores y sus responsables.
Documentación que solemos revisar
La documentación depende del tipo de asunto. Entregarla ordenada reduce tiempos, permite detectar incoherencias y mejora la calidad del análisis.
Sociedad y gobierno
Escritura de constitución, estatutos vigentes, pactos de socios, libro registro de socios, actas, certificaciones, poderes y organigrama del grupo.
Operación o contrato
Borradores, anexos, presupuestos, ofertas, cartas de intenciones, acuerdos de confidencialidad, garantías, correos de negociación y documentos de cierre.
Situación económica y cumplimiento
Cuentas anuales, balances recientes, deuda, garantías, contratos financieros, licencias, seguros, litigios, reclamaciones y obligaciones pendientes.
Conflicto
Convocatorias, actas, burofaxes, correos, mensajes, requerimientos, contratos, facturas, informes, prueba de pagos y cualquier documento que acredite la cronología.
¿A quién asesoramos en derecho mercantil?
Emprendedores y startups
Ayudamos a definir la estructura inicial, repartir participaciones, proteger la propiedad del proyecto, regular la dedicación de los fundadores, preparar la entrada de inversión y establecer mecanismos de salida o resolución de bloqueos. Una documentación adecuada desde el inicio reduce el riesgo de que un desacuerdo personal se convierta en un problema de control o continuidad.
Pymes y empresas consolidadas
Prestamos apoyo en contratos, juntas, cambios societarios, crecimiento, reorganización, adquisición de activos o compañías y conflictos con socios, clientes o proveedores. Podemos intervenir en encargos concretos o como equipo jurídico externo para consultas recurrentes, preparación de documentación y prevención de riesgos.
Socios, administradores y órganos de gobierno
Asesoramos a la sociedad y, cuando no existe conflicto de interés, a sus órganos. También defendemos de forma independiente a socios mayoritarios o minoritarios y a administradores que necesitan conocer sus derechos, deberes y exposición. Antes de aceptar un encargo identificamos a quién representamos y evitamos situaciones que puedan comprometer la independencia profesional.
Inversores y empresas extranjeras con intereses en España
Acompañamos la creación o adquisición de sociedades españolas, la entrada en negocios existentes, la firma de contratos y la coordinación de operaciones con elementos internacionales. Nuestro enfoque multilingüe facilita la comunicación con clientes y asesores extranjeros, y permite integrar el derecho español dentro de una operación transfronteriza más amplia.
Errores mercantiles frecuentes que prevenimos
Utilizar estatutos genéricos sin regular la realidad del proyecto
Los estatutos estándar pueden ser suficientes para constituir una sociedad, pero no siempre resuelven cómo se adoptarán decisiones sensibles, qué ocurrirá si un socio deja de trabajar, cómo entrará un inversor o cómo se evitará un bloqueo. Es preferible diseñar desde el principio reglas coherentes entre estatutos, pacto de socios y funcionamiento real.
Firmar contratos basados únicamente en plantillas
Una plantilla puede omitir riesgos específicos del sector, del modelo de facturación, de la propiedad de los resultados o de la dependencia de un proveedor. También puede incorporar cláusulas incompatibles entre sí o una jurisdicción desfavorable. La revisión debe partir de la operación real, no solo del nombre del contrato.
Adoptar acuerdos sin respetar convocatoria, mayorías o actas
Una decisión empresarial correcta puede quedar expuesta si la junta no fue convocada adecuadamente, si se vulneró el derecho de información, si la mayoría era insuficiente o si el acta no refleja lo ocurrido. La forma societaria protege la seguridad jurídica, pero exige documentar cada decisión de acuerdo con la ley y los estatutos.
Esperar demasiado ante un conflicto entre socios
Cuando el conflicto se prolonga, aumentan la pérdida de información, las decisiones unilaterales, el deterioro del negocio y la dificultad para negociar. Consultar pronto permite preservar prueba, controlar plazos, ordenar las comunicaciones y evitar actuaciones impulsivas que puedan debilitar la posición jurídica de la empresa o del socio.
Confundir la responsabilidad limitada con una protección absoluta del administrador
La sociedad responde, en principio, con su patrimonio, pero el administrador puede responder por daños causados mediante actos contrarios a la ley, a los estatutos o a sus deberes. También existen riesgos específicos cuando no se actúa ante una causa de disolución o insolvencia. Las decisiones relevantes deben basarse en información suficiente y quedar correctamente documentadas.
Comprar una empresa sin una due diligence proporcionada
El precio no refleja por sí solo los riesgos jurídicos. Un comprador puede asumir contratos desfavorables, litigios, deudas, garantías, problemas de licencias o defectos en la titularidad de activos. La revisión previa permite negociar garantías, retenciones, condiciones de cierre o ajustes de precio y evita descubrir el problema cuando la operación ya se ha consumado.
Servicios relacionados para empresas
- Empresa familiar. Protocolos familiares, relevo generacional, continuidad y protección del legado empresarial.
- Reestructuración e insolvencia. Alternativas ante tensiones de liquidez, negociación con acreedores y protección de la continuidad.
- Concurso de acreedores. Asesoramiento a deudores y acreedores durante el procedimiento concursal.
- Comercio internacional. Contratos transfronterizos, distribución, garantías, jurisdicción, arbitraje y ejecución.
- Propiedad intelectual e industrial. Protección de marcas, patentes, diseños, derechos de autor y secretos empresariales.
- Reclamación de deudas. Recuperación de cantidades por vía extrajudicial o judicial.
¿Por qué elegir Pellicer & Heredia como despacho mercantil?
Contamos con más de 20 años de experiencia y una práctica jurídica con una clara dimensión internacional. Desde nuestra oficina de Alicante y el resto de sedes del despacho asesoramos a empresas, socios, administradores e inversores que necesitan comprender el derecho español y tomar decisiones con seguridad.
Nuestro equipo combina derecho mercantil, litigios, fiscalidad, contabilidad, laboral, inmobiliario, propiedad intelectual y comercio internacional. Esta coordinación es especialmente útil cuando una operación societaria no puede analizarse de forma aislada. Trabajamos en varios idiomas y podemos prestar el servicio de forma presencial u online, manteniendo una comunicación clara sobre objetivos, documentación, plazos y costes.
Preguntas frecuentes
¿Qué hace un abogado mercantil?
Un abogado mercantil asesora sobre la actividad jurídica de empresas, sociedades, socios y administradores. Puede ayudar a constituir o reorganizar una compañía, redactar estatutos y pactos de socios, revisar contratos, preparar ampliaciones de capital, acompañar inversiones o compraventas, resolver conflictos societarios y analizar la responsabilidad de administradores.
Su función también es preventiva: detectar riesgos antes de firmar, documentar correctamente las decisiones y asegurar que la empresa cumple las obligaciones mercantiles que le corresponden.
¿Cuándo debe una empresa consultar a un abogado mercantil?
Es recomendable consultar antes de constituir una sociedad, incorporar o separar socios, aceptar inversión, firmar un contrato relevante, comprar o vender una empresa, modificar el órgano de administración o adoptar una decisión que pueda generar responsabilidad.
También conviene actuar pronto cuando existe bloqueo, impago, incumplimiento, denegación de información o deterioro financiero. Cuanto antes se revise la situación, mayor será el margen para negociar, preservar prueba, cumplir los plazos y evitar que el problema afecte a la continuidad del negocio.
¿Cuál es la diferencia entre un abogado mercantil y un abogado societario?
El derecho societario es una parte del derecho mercantil. Un abogado societario se centra en la creación, funcionamiento, gobierno, capital, socios, administradores y modificaciones de sociedades.
Un abogado mercantil puede abarcar ese ámbito y otros relacionados con la actividad empresarial, como contratos comerciales, compraventa de empresas, competencia, reclamaciones y litigios. En la práctica, ambas especialidades suelen coordinarse: el asesoramiento societario cubre la vida interna de la sociedad y el mercantil incorpora también contratos, operaciones y conflictos vinculados a la actividad empresarial.
¿Cuál es la diferencia entre asesoramiento mercantil, fiscal y laboral?
El asesoramiento mercantil se ocupa de la estructura de la sociedad, las relaciones entre socios, los órganos de administración, los contratos y las operaciones empresariales. El asesoramiento fiscal analiza impuestos, declaraciones y efectos tributarios. El asesoramiento laboral aborda trabajadores, contratación, despidos, negociación y Seguridad Social.
Una misma decisión puede afectar a las tres áreas; por ejemplo, una reestructuración societaria puede requerir acuerdos mercantiles, planificación fiscal y medidas laborales. Por eso resulta útil coordinar a los profesionales antes de ejecutar la operación.
¿Cuánto se tarda en constituir una sociedad limitada en España?
El plazo varía según la disponibilidad de la denominación, la preparación de estatutos, la aportación de capital, la firma notarial, la tramitación fiscal, la calificación del Registro Mercantil y las licencias que requiera la actividad.
El sistema CIRCE permite centralizar numerosos trámites mediante el Documento Único Electrónico, pero no elimina la necesidad de revisar la estructura y la documentación. Antes de prometer una fecha, conviene identificar si se usarán estatutos estándar o personalizados y si existen socios o aportaciones extranjeras.
¿Cuál es el capital mínimo para crear una sociedad limitada?
La sociedad de responsabilidad limitada puede constituirse con un capital mínimo de 1 euro. Sin embargo, mientras el capital y la reserva legal no alcancen 3.000 euros, la ley impone reglas adicionales: debe destinarse al menos el 20 % del beneficio a la reserva legal y, si la sociedad se liquida sin patrimonio suficiente, los socios responden solidariamente por la diferencia entre 3.000 euros y el capital suscrito.
Por ello, el capital debe elegirse según las necesidades reales del negocio, no solo por el mínimo legal.
¿Cuáles son los plazos generales de las cuentas anuales?
Como regla general, los administradores deben formular las cuentas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio. La junta debe aprobarlas dentro de los seis meses siguientes al cierre y, una vez aprobadas, los administradores deben presentarlas para depósito en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente.
Si el ejercicio coincide con el año natural, el calendario habitual sitúa la formulación hasta el 31 de marzo, la aprobación hasta el 30 de junio y el depósito durante el mes posterior a la aprobación.
¿Es obligatorio firmar un pacto de socios?
No es obligatorio en todas las sociedades, pero es muy recomendable cuando existen varios fundadores, inversores, socios trabajadores o previsión de crecimiento.
El pacto puede regular mayorías, dedicación, permanencia, no competencia, transmisión de participaciones, entrada de inversores, salida, valoración y resolución de bloqueos. Debe coordinarse con los estatutos y los acuerdos sociales, porque un pacto reservado firmado entre socios no es automáticamente oponible a la sociedad. Un documento genérico puede dejar sin resolver los problemas más importantes del proyecto.
¿Puede un socio minoritario impugnar un acuerdo social?
Sí, cuando el acuerdo es contrario a la ley, se opone a los estatutos o al reglamento de la junta, o lesiona el interés social en beneficio de uno o varios socios o terceros.
Con carácter general, los socios que representen individual o conjuntamente al menos el 1 % del capital están legitimados para impugnar, sin perjuicio de reglas especiales y de que los estatutos puedan reducir ese porcentaje. El plazo general es de un año, salvo acuerdos contrarios al orden público. Es esencial revisar la convocatoria, el acta, los votos y la documentación.
¿Puede responder personalmente el administrador por deudas o daños?
La sociedad responde normalmente con su patrimonio, pero el administrador puede responder personalmente en determinados supuestos.
La Ley de Sociedades de Capital contempla responsabilidad por daños causados mediante actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos, o por incumplir los deberes del cargo con dolo o culpa. También puede existir responsabilidad por deudas posteriores cuando no se actúa a tiempo ante una causa de disolución. Cada caso exige analizar la fecha de las obligaciones, las decisiones adoptadas y las medidas tomadas por el administrador.
¿Qué ocurre si un socio quiere abandonar la empresa?
Un socio no siempre puede exigir que la sociedad o los demás socios compren su participación. Deben revisarse los estatutos, el pacto de socios, las restricciones de transmisión, las causas legales de separación, la existencia de ofertas y el método de valoración.
Las opciones pueden incluir la venta a otro socio o a un tercero, la adquisición por la sociedad cuando sea legalmente posible, una reducción de capital, el ejercicio de un derecho de separación o una negociación global. Conviene planificar la salida para evitar bloqueos y conflictos sobre el precio.
¿Puede un abogado mercantil revisar un contrato antes de firmarlo?
Sí. La revisión previa permite comprobar si el contrato refleja el acuerdo real, identifica correctamente a las partes y regula el precio, las obligaciones, los plazos, las garantías, la responsabilidad, la confidencialidad, la propiedad intelectual, la terminación y la resolución de conflictos.
El abogado puede proponer cambios, explicar el riesgo de cada cláusula y participar en la negociación. Es preferible revisar el documento antes de que exista un compromiso, porque, una vez firmado, la capacidad para corregir desequilibrios dependerá de la voluntad de la otra parte o de que la cláusula sea inválida.
¿Qué es una due diligence en la compra de una empresa?
La due diligence es una revisión previa destinada a conocer la situación jurídica de la empresa o de los activos que se pretenden adquirir.
Puede incluir la estructura societaria, los contratos, la deuda, las garantías, las licencias, los trabajadores, los litigios, la protección de datos, la propiedad intelectual, los inmuebles y el cumplimiento normativo. El informe identifica riesgos y recomienda cómo tratarlos: ajustar el precio, exigir una garantía, retener parte del pago, imponer una condición previa o excluir un activo o pasivo. Su alcance debe ser proporcional al tamaño y al riesgo de la operación.
¿Es mejor negociar o presentar una demanda mercantil?
Depende del objetivo, la urgencia, la prueba, la solvencia de la otra parte y el impacto que el conflicto tiene sobre el negocio.
Negociar puede reducir tiempo y coste, pero no debe utilizarse para dejar pasar plazos o permitir que desaparezca la prueba. En algunos casos es necesario enviar un requerimiento formal, solicitar medidas cautelares o presentar una demanda para proteger la posición. Una estrategia adecuada puede combinar negociación, mediación y litigio, definiendo de antemano qué resultado es aceptable y cuándo debe cambiarse de vía.
¿Cuánto cuesta contratar a un abogado mercantil?
El coste depende del alcance y de la complejidad. Una consulta o revisión de un contrato no requiere el mismo trabajo que una due diligence, una compraventa de empresa, un conflicto entre socios o una asesoría continuada.
Antes de comenzar, el despacho debe definir el objetivo, la documentación, las tareas incluidas, los profesionales que intervendrán y el sistema de honorarios. Según el asunto, puede proponerse un precio cerrado, una tarifa por horas, una cuota periódica o un presupuesto por fases.
¿Atendéis únicamente a empresas de Alicante?
No. Una parte relevante de la demanda se concentran en esta zona, pero el despacho puede asesorar a empresas, socios e inversores de otras localidades y países.
Muchas consultas, revisiones contractuales y negociaciones pueden gestionarse por videollamada y medios electrónicos. Cuando el asunto requiere notaría, Registro Mercantil, reuniones o actuaciones judiciales, el equipo coordina la intervención presencial y los profesionales necesarios.
Habla con un abogado mercantil sobre tu empresa
Explícanos qué decisión, operación o conflicto necesitas resolver. Revisaremos la información inicial y te indicaremos el alcance del asesoramiento, los documentos necesarios y los siguientes pasos.