Modelo 720 en España 2026 - Declaración de bienes en el extranjero para residentes fiscales en

Asegura el cumplimiento completo y evita sanciones costosas con nuestro asesoramiento experto.

El Modelo 720 es la declaración informativa española para residentes fiscales que poseen bienes o derechos fuera de España. En 2026, generalmente se aplica cuando las cuentas bancarias, valores, seguros, rentas o bienes inmuebles en el extranjero superan los 50.000 € en alguna de las categorías de declaración. Se presenta online ante la Agencia Tributaria española entre el 1 de enero y el 31 de marzo respecto al ejercicio anterior.

En Pellicer & Heredia, nuestro equipo de fiscalidad internacional revisa los bienes en el extranjero de residentes internacionales de Estados Unidos, Canadá, Países Bajos, Alemania y otros países antes de que se conviertan en residentes fiscales en España, presenten el Modelo 720, soliciten la Ley Beckham o preparen su situación fiscal anual en España. El objetivo es claro: identificar qué debe declararse, evitar inconsistencias y coordinar la declaración con el IRPF español, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Modelo 721 y las obligaciones internacionales de información fiscal.

Revisado por Guillermo Romano Ortiz, asesor fiscal internacional en Pellicer & Heredia.

Habla con un abogado fiscalista en España antes de presentar el Modelo 720

Cada situación fiscal internacional es diferente. Antes de presentar tu declaración, nuestros abogados pueden revisar tus bienes en el extranjero, tu situación de residencia fiscal y tus obligaciones de información para ayudarte a presentar el modelo correctamente y evitar riesgos innecesarios. Completa el formulario que encontrarás a continuación y nuestro equipo valorará tu caso de forma confidencial.

¿En qué país reside actualmente?

Datos clave sobre el Modelo 720

Modelo oficial
Modelo 720 - Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Quién puede tener que presentarlo

Residentes fiscales en España, empresas residentes en España, establecimientos permanentes en España y determinadas entidades del artículo 35.4 de la LGT.

Umbral principal

Más de 50.000 € en cualquiera de las categorías de declaración. El umbral se calcula por categoría, no como un total global.

Categorías de declaración

1) Cuentas bancarias en el extranjero. 2) Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero. 3) Bienes inmuebles en el extranjero y derechos sobre bienes inmuebles.

Periodo de presentación

Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio declarado.

Cómo se presenta

Electrónicamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria española.

Presentaciones posteriores

Normalmente solo vuelve a ser obligatorio si una categoría aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada, o si los bienes se cancelan, transfieren, venden o dejan de estar en poder del contribuyente.

Criptomonedas

Las monedas virtuales no se declaran en el Modelo 720. Los criptoactivos en el extranjero pueden estar sujetos al Modelo 721 cuando se aplican sus propias normas y umbral.

Pago de impuestos

El Modelo 720 es informativo. No calcula directamente un impuesto, pero los datos deben ser coherentes con el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio en España y las obligaciones internacionales de información fiscal.

Contexto sancionador

La obligación sigue vigente. El antiguo régimen sancionador desproporcionado fue cuestionado a nivel europeo y España adaptó el marco de sanciones después de 2022.

¿Qué es el Modelo 720 en España?

El Modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar los residentes fiscales en España cuando poseen determinados bienes o derechos fuera de España. Se utiliza principalmente para declarar cuentas bancarias en el extranjero, valores, carteras de inversión, seguros de vida, rentas y bienes inmuebles cuando el valor de una categoría de declaración supera el umbral legal. El modelo se presenta online ante la Agencia Tributaria española y se refiere a los bienes mantenidos durante el ejercicio fiscal anterior.

Presentar el Modelo 720 no significa automáticamente que haya que pagar impuestos en España. Sin embargo, la información declarada puede compararse con otras obligaciones fiscales, incluyendo el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Modelo 721 para determinados criptoactivos, los intercambios de información CRS/FATCA y los valores utilizados en futuros cálculos del Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones o Ganancias Patrimoniales.

Por este motivo, la declaración debe prepararse con cuidado, especialmente en el caso de residentes internacionales con bienes en Estados Unidos, Canadá, Países Bajos, Alemania, Reino Unido u otras jurisdicciones.

¿Quién debe presentar el Modelo 270?

El Modelo 720 debe ser presentado por personas físicas y entidades consideradas residentes fiscales en España que posean determinados bienes, derechos o intereses financieros fuera del territorio español. La obligación no se limita a los ciudadanos españoles. Los ciudadanos extranjeros que se convierten en residentes fiscales en España también pueden estar obligados a declarar sus bienes en el extranjero si se superan los umbrales legales. En general, la obligación puede aplicarse a:

  • Personas físicas residentes fiscales en España que sean propietarias, titulares, beneficiarias, autorizadas o tengan control sobre bienes en el extranjero sujetos a declaración.
  • Empresas y personas jurídicas residentes fiscales en España que posean bienes o derechos en el extranjero.
  • Establecimientos permanentes en España pertenecientes a personas físicas o entidades no residentes.
  • Entidades recogidas en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria española, como determinadas comunidades de bienes, sociedades civiles, herencias yacentes u otras entidades sin personalidad jurídica propia, cuando posean bienes en el extranjero sujetos a declaración.
El punto clave no es la nacionalidad, sino la residencia fiscal en España y la existencia de bienes en el extranjero sujetos a declaración. Por tanto, un ciudadano estadounidense, canadiense, neerlandés, alemán o británico que viva en España puede tener obligación de presentar el Modelo 720, aunque todas sus cuentas bancarias, inversiones o propiedades sigan estando en su país de origen.

Expatriados que se han mudado recientemente a España

Muchos residentes internacionales quedan sujetos a obligaciones de información fiscal en España antes de comprender por completo cómo funciona el sistema tributario español. Esto es especialmente habitual entre quienes se trasladan a España con un Visado de Residencia no Lucrativa, una Visa Nómada Digital, un plan de jubilación, un paquete de relocation o una vía de residencia familiar.

Una vez que una persona se convierte en residente fiscal en España, la Agencia Tributaria española puede esperar coherencia entre sus declaraciones de bienes en el extranjero, su declaración del IRPF, su situación respecto al Impuesto sobre el Patrimonio y la información recibida a través de los intercambios CRS o FATCA. Por ejemplo, un expatriado puede seguir teniendo cuentas de inversión, estructuras de pensiones, bienes inmuebles, pólizas de seguro o cuentas bancarias en el extranjero, pero estos activos pueden necesitar ahora una revisión desde la perspectiva fiscal española.

Por este motivo, el Modelo 720 no debe tratarse como un formulario aislado. Antes de presentarlo, conviene confirmar cuándo comienza la residencia fiscal en España, qué bienes deben declararse, cómo deben valorarse y si esa misma información afecta a otras obligaciones fiscales españolas. Esto es especialmente importante en el primer año de residencia, cuando muchos errores de declaración se producen porque el cliente está centrado en cuestiones de inmigración, vivienda y traslado, más que en el cumplimiento fiscal.

¿Qué bienes en el extranjero se declaran?

El Modelo 720 se organiza en torno a tres grandes categorías de bienes en el extranjero. La obligación se valora por categoría, no por el valor total de todos los bienes mundiales en conjunto. Esto significa que una persona puede tener que declarar una categoría y no otra, dependiendo del tipo y valor de los bienes que posea fuera de España.

Antes de presentar el modelo, es importante identificar no solo quién es el propietario legal de cada bien, sino también quién está autorizado, quién tiene derechos como beneficiario efectivo o quién ejerce control sobre él. Esto es especialmente relevante para expatriados con cuentas conjuntas, estructuras familiares de inversión, acuerdos vinculados a trusts, cuentas de empresa o bienes mantenidos a través de entidades extranjeras.

Cuentas bancarias en el extranjero

Esta categoría incluye cuentas bancarias situadas fuera de España cuando se supera el umbral correspondiente. Puede aplicarse a cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos o cuentas financieras similares mantenidas en bancos o entidades financieras extranjeras. Algunos ejemplos habituales son:

  • Una cuenta bancaria en Países Bajos que se mantiene abierta después de mudarse a España.
  • Una cuenta de ahorro en Canadá utilizada para recibir ingresos de pensión.
  • Una cuenta bancaria en Alemania vinculada a ingresos por alquiler de una propiedad en el extranjero.
  • Una cuenta corriente o de ahorro en Estados Unidos mantenida después de convertirse en residente fiscal en España.

La obligación también puede aplicarse cuando el contribuyente no es el único titular de la cuenta, pero está autorizado para operar con ella, figura como representante o tiene control efectivo sobre los fondos. Por este motivo, las cuentas conjuntas y las cuentas antiguas que permanecen abiertas en el país de origen deben revisarse siempre.

Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero

Esta categoría cubre distintos tipos de activos financieros, derechos y productos de inversión mantenidos, depositados, gestionados u obtenidos fuera de España. Suele ser una de las partes más complejas del Modelo 720 para residentes internacionales, porque muchas estructuras de inversión no se clasifican en España de la misma forma que en el país de origen del cliente. Algunos ejemplos habituales son:

  • Cuentas de corretaje en Estados Unidos con acciones, ETFs, bonos o fondos de inversión.
  • Cuentas de inversión canadienses o carteras gestionadas por una entidad financiera canadiense.
  • Seguros de vida en el extranjero con valor de rescate.
  • Productos de ahorro alemanes basados en seguros.
  • Rentas o derechos de cobro contratados fuera de España.
  • Acciones o participaciones en empresas, fondos u otros vehículos de inversión extranjeros.

Esta categoría debe revisarse con especial cuidado porque los mismos activos también pueden afectar al IRPF, al Impuesto sobre el Patrimonio y a la coherencia con otras obligaciones internacionales de información fiscal. Por ejemplo, los dividendos, intereses, ganancias patrimoniales o valores de cartera declarados en otros lugares pueden compararse posteriormente con la información incluida en el Modelo 720.

Bienes inmuebles en el extranjero

Esta categoría incluye bienes inmuebles situados fuera de España, así como derechos sobre propiedades en el extranjero. Puede aplicarse a viviendas, apartamentos, locales comerciales, terrenos, garajes o participaciones parciales en propiedades situadas en otro país. Algunos ejemplos habituales son:

  • Una vivienda familiar en Estados Unidos que se conserva después de mudarse a España.
  • Una propiedad en alquiler en Canadá.
  • Una propiedad en Países Bajos compartida con familiares.
  • Una vivienda vacacional en Alemania, Francia, Reino Unido u otro país.
  • Una participación en un inmueble heredado situado fuera de España.
Los bienes inmuebles en el extranjero deben valorarse y declararse correctamente porque pueden tener consecuencias más allá del Modelo 720. Los ingresos por alquiler, una futura venta, la planificación sucesoria, el Impuesto sobre Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio pueden depender de la misma información de base. Por este motivo, los residentes internacionales deben conservar los documentos de adquisición, escrituras de propiedad, información hipotecaria y registros de valoración disponibles antes de preparar la declaración.

Tabla de bienes declarables y no declarables

Tipo de bien
Tratamiento en el Modelo 720
Notas para clientes expatriados

Cuentas bancarias en el extranjero

Normalmente declarables cuando la categoría de cuentas supera los 50.000 €.

Deben incluirse los saldos a 31 de diciembre y, cuando corresponda, el saldo medio del último trimestre. En cuentas conjuntas deben indicarse los saldos totales y el porcentaje de titularidad.

Cuentas de corretaje en el extranjero

Normalmente declarables dentro de la categoría de valores o derechos cuando se supera el umbral.

Es una situación habitual en clientes de Estados Unidos y Canadá con carteras, ETFs, acciones o cuentas gestionadas.

Acciones, fondos y ETFs

Normalmente declarables dentro de la categoría de valores.

La valoración debe ser coherente con los extractos de final de año y con la información declarada en el Impuesto sobre el Patrimonio o en otras obligaciones fiscales españolas.

Seguros de vida y rentas

Potencialmente declarables según el tipo de producto y los derechos de rescate o valor económico.

Conviene revisar la documentación de la póliza antes de presentar el modelo, especialmente en productos de Estados Unidos, Países Bajos y Alemania.

Bienes inmuebles en el extranjero

Declarables cuando la categoría de bienes inmuebles supera los 50.000 €.

Debe utilizarse el valor de adquisición y conservar documentos de compra, herencia o donación.

Planes de pensiones

Caso por caso. Algunos derechos de pensión pueden no declararse hasta que se produce un hecho que activa la obligación.

No debe asumirse que todos los productos de pensión extranjeros quedan excluidos. Hay que revisar la disponibilidad, los derechos de rescate y la redacción del producto.

Opciones sobre acciones

Normalmente no se declaran antes de adquirir las acciones subyacentes.

Una vez ejercidas, las acciones o las cuentas resultantes pueden quedar dentro del Modelo 720 u otras declaraciones fiscales.

Cómo funciona el umbral de 50.000 €

El umbral de 50.000 € del Modelo 720 se aplica por separado a cada categoría de declaración. No se calcula sumando todos los bienes en el extranjero mantenidos a nivel mundial. Esto significa que las cuentas bancarias en el extranjero, los valores o productos de inversión extranjeros y los bienes inmuebles en el extranjero deben revisarse como categorías separadas.

Por ejemplo, un residente fiscal en España con una cuenta bancaria en el extranjero valorada en 30.000 € y una cuenta de corretaje en el extranjero valorada en 35.000 € podría no estar obligado a declarar ninguna de las dos categorías si cada una permanece por debajo del umbral de 50.000 €. Sin embargo, si esa misma persona mantiene cuentas bancarias en el extranjero con un valor conjunto superior a 50.000 €, la categoría de cuentas bancarias puede tener que declararse.

Cada categoría de declaración debe analizarse de forma independiente. Por tanto, un contribuyente puede tener que declarar una categoría, pero no las demás. Por ejemplo, una cuenta de inversión canadiense valorada en 70.000 € puede activar la obligación en la categoría de valores, aunque las cuentas bancarias extranjeras del contribuyente permanezcan por debajo de los 50.000 €.

El umbral de 50.000 € se valora teniendo en cuenta el valor del bien o de la cuenta, no solo la participación personal del contribuyente. Esto es especialmente importante para matrimonios, cuentas familiares y propiedades en cotitularidad. Por ejemplo, si dos cónyuges tienen una cuenta bancaria conjunta en el extranjero con un saldo superior a 50.000 €, cada titular residente fiscal en España puede tener que declarar la cuenta en el Modelo 720, indicando su porcentaje de titularidad. El mismo principio puede aplicarse a bienes inmuebles en el extranjero o cuentas de inversión mantenidas en cotitularidad.

Por este motivo, la titularidad compartida debe revisarse cuidadosamente antes de presentar el modelo. Incluso cuando el contribuyente solo posee una parte del bien, deben comprobarse el valor total, el porcentaje de titularidad, los datos de la cuenta y la categoría de declaración para determinar si el Modelo 720 es obligatorio.

¿Cuándo se presenta el Modelo 720 y qué documentos se necesitan?

El Modelo 720 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal declarado. La declaración se basa normalmente en la situación del contribuyente a 31 de diciembre, aunque algunas categorías también pueden requerir valores adicionales, como saldos medios o información vinculada a cambios producidos durante el año.

El modelo debe presentarse online a través del sistema electrónico de la Agencia Tributaria española. Como la declaración suele implicar extractos bancarios extranjeros, informes de inversión, documentos de seguros, escrituras de propiedad y conversiones de divisa a euros, es recomendable empezar a preparar la información con suficiente antelación antes de la fecha límite.

Antes de presentar el modelo, cada bien debe revisarse para confirmar la categoría de declaración, el porcentaje de titularidad, la fecha de valoración y la documentación justificativa. Para una presentación correcta, los contribuyentes normalmente deberían preparar:

  • Extractos de cuentas bancarias en el extranjero que muestren los saldos en las fechas requeridas.
  • Extractos de cuentas de corretaje o carteras de inversión con los valores de final de año.
  • Documentación de seguros, rentas o productos financieros.
  • Escrituras de propiedad, valores de adquisición y porcentajes de titularidad de bienes inmuebles en el extranjero.
  • Detalles de conversión de divisa cuando los activos estén denominados en USD, CAD, GBP u otra moneda distinta del euro.

Proceso paso a paso para presentar el Modelo 720

Paso 1 - Confirmar la residencia fiscal en España.

Comprueba si eres residente en España durante el ejercicio fiscal, ya que el Modelo 720 se aplica a residentes fiscales en España y a determinadas entidades residentes.

Paso 2 - Crear un inventario completo de bienes en el extranjero.

Enumera las cuentas bancarias, carteras de inversión, valores, pólizas de seguro, rentas, bienes inmuebles, pensiones, trusts y criptoactivos situados fuera de España.

Paso 3 - Clasificar cada bien por categoría de declaración.

Separa los bienes entre cuentas bancarias, valores, derechos, seguros, rentas, bienes inmuebles y activos que puedan quedar fuera del Modelo 720 o dentro del Modelo 721.

Paso 4 - Calcular el umbral de 50.000 €.

Revisa cada categoría por separado utilizando los valores correspondientes a 31 de diciembre y, en el caso de las cuentas bancarias, el saldo medio del último trimestre cuando sea aplicable.

Paso 5 - Revisar productos complejos.

Analiza pensiones, opciones sobre acciones, trusts, productos de seguro con componente de inversión, cuentas en cotitularidad y planes de acciones de empresa antes de decidir si deben declararse y cómo hacerlo.

Paso 6 - Preparar la documentación justificativa.

Recopila extractos bancarios, extractos de cuentas de corretaje, escrituras de propiedad, valores de adquisición, documentación de seguros y registros de tipos de cambio.

Paso 7 - Presentar el modelo online ante la AEAT.

Presenta la declaración electrónicamente entre el 1 de enero y el 31 de marzo respecto al ejercicio fiscal anterior.

Paso 8 - Coordinarlo con otras obligaciones fiscales en España.

Comprueba si esos mismos bienes afectan al IRPF, al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto de Solidaridad, a la Ley Beckham o al Modelo 721.

Paso 9 - Supervisar los próximos ejercicios de declaración.

Puede ser necesaria una nueva declaración si una categoría aumenta en más de 20.000 € o cuando los bienes declarables se cancelan, venden o transfieren.

Casos especiales para residentes de Estados Unidos, Canadá y Países Bajos

Algunos bienes en el extranjero requieren una revisión caso por caso antes de presentar el Modelo 720, especialmente cuando proceden de sistemas fiscales con clasificaciones legales y financieras diferentes.

  • Residentes de Estados Unidos: las cuentas de corretaje estadounidenses, planes 401(k), IRAs, planes de acciones de empresa, RSUs, opciones sobre acciones y trusts extranjeros deben revisarse cuidadosamente para determinar la titularidad, la valoración, los derechos de acceso y si el bien o derecho debe declararse en España.
  • Residentes de Canadá: los RRSPs, TFSAs, cuentas de inversión canadienses, productos de pensión, cuentas conjuntas y bienes inmuebles fuera de España pueden requerir un análisis específico, ya que su tratamiento informativo en España puede diferir del tratamiento que reciben en Canadá.
  • Residentes de Países Bajos: las cuentas bancarias neerlandesas, carteras de valores, productos de seguro, estructuras vinculadas a pensiones y bienes en cotitularidad deben revisarse por categoría, valor y porcentaje de titularidad antes de decidir si deben incluirse en el Modelo 720.

Algunos bienes en el extranjero requieren una revisión caso por caso antes de presentar el Modelo 720, especialmente cuando proceden de sistemas fiscales con clasificaciones legales y financieras diferentes.

Modelo 720, Modelo 721 y criptomonedas

Las monedas virtuales no se declaran a través del Modelo 720. Los criptoactivos mantenidos en el extranjero deben revisarse por separado bajo el Modelo 721, la declaración informativa específica creada en España para determinadas monedas virtuales situadas fuera del territorio español.

Esta distinción es importante porque el Modelo 720 y el Modelo 721 son obligaciones de información diferentes. Cada modelo tiene su propio ámbito de aplicación, umbrales, criterios de valoración y requisitos de presentación, por lo que la tenencia de criptoactivos en el extranjero debe analizarse de forma independiente respecto a las cuentas bancarias, carteras de inversión, productos de seguro o bienes inmuebles declarados en el Modelo 720.

Declaración o impuesto
Finalidad
Cuándo es relevante

Modelo 720

Declaración informativa sobre determinados bienes y derechos en el extranjero mantenidos por residentes fiscales en España.

Cuentas bancarias en el extranjero, valores, derechos, seguros, rentas o bienes inmuebles que superen los 50.000 € por categoría.

Modelo 721

Declaración informativa sobre determinadas monedas virtuales situadas en el extranjero.

Saldos de criptoactivos en el extranjero que superen el umbral aplicable. El periodo de presentación también va del 1 de enero al 31 de marzo.

IRPF

Tributación anual de rentas y ganancias de los residentes fiscales en España, salvo que se aplique un régimen especial.

Dividendos, intereses, ingresos por alquiler, pensiones, ganancias patrimoniales y otras rentas procedentes del extranjero.

Impuesto sobre el Patrimonio / Impuesto de Solidaridad

Impuesto sobre el patrimonio neto en función de la residencia, la ubicación de los bienes, su valor y las normas autonómicas aplicables.

Personas con patrimonios elevados, propietarios de inmuebles y titulares de carteras de inversión.

Ley Beckham

Régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a España y determinados perfiles de nómadas digitales.

Puede limitar la tributación y determinadas obligaciones informativas en España, pero debe revisarse antes de asumir que existe una exención.

Sanciones por no presentar el Modelo 720

Presentación fuera de plazo o falta de presentación del Modelo 720

No presentar el Modelo 720 dentro de plazo puede ser sancionado conforme al artículo 198 de la Ley General Tributaria española. En el caso de las declaraciones informativas, las sanciones pueden calcularse a razón de 20 € por dato o conjunto de datos, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €. Si la declaración se presenta fuera de plazo de forma voluntaria, antes de cualquier requerimiento de la Agencia Tributaria, los importes aplicables pueden reducirse a la mitad.

Información incorrecta o incompleta

Si el Modelo 720 se presenta con información incompleta, inexacta o falsa, puede aplicarse el artículo 199 de la Ley General Tributaria española. Cuando el dato omitido o incorrecto se refiere a valores monetarios, la sanción puede alcanzar hasta el 2% del importe no declarado o declarado incorrectamente, con un mínimo de 500 €.

Sanciones separadas por categoría de declaración

El Modelo 720 contiene tres bloques de declaración independientes: cuentas bancarias en el extranjero, valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero, y bienes inmuebles en el extranjero. Por tanto, el régimen sancionador puede aplicarse de forma separada a cada obligación de declaración, dependiendo de qué categoría no se haya presentado o se haya presentado incorrectamente.

Antiguo régimen sancionador del 150 %

El antiguo régimen sancionador desproporcionado de España para el Modelo 720 fue cuestionado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La obligación de presentar el modelo sigue vigente, pero las presentaciones fuera de plazo, incorrectas o incompletas se valoran ahora, con carácter general, conforme al régimen sancionador tributario ordinario español, en lugar de bajo el anterior régimen excepcional.

Errores comunes que debes evitar con el Modelo 720

El Modelo 720 es una declaración informativa, pero los errores de clasificación, valoración o plazos pueden seguir generando problemas con la Agencia Tributaria española. Estos son los problemas más habituales que vemos cuando los residentes internacionales preparan su declaración.

  • Asumir que el Modelo 720 es opcional porque solo es informativo. El modelo puede no calcular una cuota tributaria, pero la obligación de información sigue siendo relevante y puede contrastarse con otros datos fiscales.
  • Utilizar solo el porcentaje de titularidad en cuentas conjuntas. El saldo total suele ser relevante para determinar el umbral de declaración, mientras que el porcentaje de titularidad se indica después en el modelo.
  • Olvidar las cuentas de corretaje e inversión. Los clientes suelen recordar las cuentas bancarias, pero pueden omitir acciones, ETFs, fondos, bonos, pólizas de seguro y rentas.
  • Mezclar el Modelo 720 y el Modelo 721. Los criptoactivos en el extranjero deben revisarse bajo el marco específico del Modelo 721, no incluirse automáticamente en el Modelo 720.
  • Basarse en información sancionadora desactualizada. El antiguo régimen del 150 % no debe presentarse como la consecuencia actual por defecto, aunque las presentaciones fuera de plazo o incorrectas pueden seguir teniendo consecuencias.
  • Ignorar la coherencia con el Impuesto sobre el Patrimonio y el IRPF. Los bienes declarados en el Modelo 720 pueden tener que coordinarse con el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Solidaridad o la planificación bajo la Ley Beckham.
  • Esperar hasta marzo. Las valoraciones, traducciones, extractos y la clasificación de productos pueden llevar tiempo, especialmente en carteras de Estados Unidos y Canadá.

Cómo ayuda Pellicer & Heredia con el Modelo 720

Ayudamos a residentes en España con necesidades de planificación fiscal internacional a preparar el Modelo 720 con un enfoque claro, estructurado y coordinado desde el punto de vista legal. Nuestro objetivo no es solo presentar el modelo, sino asegurarnos de que la información declarada sea coherente con la posición fiscal global del cliente en España. Nuestro servicio para el Modelo 720 puede incluir:

  • Revisión de bienes en el extranjero: analizamos cuentas bancarias, carteras de inversión, valores, productos de seguro, rentas, bienes inmuebles y otros activos en el extranjero para determinar si pueden estar sujetos a declaración.
  • Análisis del umbral: comprobamos si se supera el umbral de 50.000 € en cada categoría de declaración y si declaraciones anteriores generan la obligación de comunicar cambios.
  • Clasificación por categoría: clasificamos correctamente cada bien dentro de los tres bloques del Modelo 720: cuentas bancarias en el extranjero, valores/derechos/seguros/rentas y bienes inmuebles en el extranjero.
  • Revisión de titularidad y valoración: revisamos porcentajes de titularidad, cuentas conjuntas, valores a final de año, conversiones de divisa extranjera y documentación justificativa.
  • Coordinación con otros impuestos: comprobamos si la información declarada debe alinearse con el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Solidaridad, el Modelo 721 o la situación bajo la Ley Beckham.
  • Apoyo en la presentación: preparamos y asistimos en el proceso de presentación online ante la Agencia Tributaria española, reduciendo el riesgo de información incorrecta, incompleta o incoherente.
  • Seguimiento anual: revisamos la situación del cliente cada año para confirmar si es necesaria una nueva presentación por nuevos activos, cuentas canceladas, cambios de valor o cambios de titularidad.

Esta revisión coordinada es especialmente útil para residentes estadounidenses, canadienses, neerlandeses, alemanes y otros residentes internacionales que mantienen bienes en el extranjero después de convertirse en residentes fiscales en España. Antes de presentar el modelo, nuestro equipo fiscal puede analizar la situación completa y ayudarte a gestionar el Modelo 720 correctamente desde el principio.

Preguntas frecuentes

El Modelo 720 es una declaración informativa, no un modelo de pago de impuestos. Presentarlo no genera automáticamente un impuesto a pagar en España. Sin embargo, la información declarada puede contrastarse con el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio, los datos CRS/FATCA y otros registros fiscales. Por este motivo, debe prepararse con el mismo nivel de cuidado que una declaración de impuestos.

Los expatriados pueden tener que presentar el Modelo 720 si se convierten en residentes fiscales en España y poseen bienes declarables fuera de España por encima de los umbrales correspondientes. La obligación depende de la residencia fiscal, el tipo de bien, su valor y la titularidad, no de la nacionalidad. Esto es especialmente relevante para residentes estadounidenses, canadienses, neerlandeses, alemanes y británicos que mantienen cuentas, inversiones o propiedades en el extranjero.

El periodo de presentación va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio declarado. Por ejemplo, la declaración correspondiente a los bienes mantenidos durante 2025 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026. Como las valoraciones, los extractos y la clasificación de los activos pueden llevar tiempo, los residentes internacionales deberían revisar su situación con suficiente antelación antes de marzo, especialmente si tienen varias cuentas, carteras de inversión o propiedades en el extranjero.
No. El Modelo 720 es una declaración informativa, no un modelo de pago de impuestos. Sin embargo, los bienes declarados pueden tener consecuencias en otros impuestos españoles. Los dividendos, intereses, ingresos por alquiler, ganancias patrimoniales o pensiones procedentes del extranjero pueden afectar al IRPF. Esos mismos bienes también pueden ser relevantes para el Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto de Solidaridad. Por eso, el modelo debe revisarse junto con la situación fiscal global del cliente en España.
El modelo cubre tres grandes categorías: cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero; valores, derechos, pólizas de seguro y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero; y bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero. En la práctica, esto puede incluir cuentas corrientes extranjeras, cuentas de ahorro, cuentas de corretaje, acciones, fondos, bonos, determinados productos de seguro, rentas y propiedades fuera de España.
No. El umbral de 50.000 € se revisa generalmente por categoría de declaración. Las cuentas bancarias en el extranjero, los valores o derechos de inversión y los bienes inmuebles en el extranjero se valoran por separado. Un contribuyente puede estar obligado a declarar una categoría, pero no otra. Las cuentas conjuntas, los porcentajes de titularidad y los saldos medios también deben revisarse antes de decidir si existe obligación de presentar el modelo.
No siempre. Una vez presentado el Modelo 720, normalmente solo se exige una nueva presentación para una categoría cuando el valor total de esa categoría aumenta en más de 20.000 € respecto al importe que motivó la última declaración, o cuando determinados bienes se venden, cancelan, cierran o dejan de estar en poder del contribuyente. Aun así, es recomendable realizar una revisión anual, ya que los valores de las carteras y los saldos de las cuentas pueden cambiar rápidamente.
La titularidad conjunta no elimina automáticamente la obligación de declarar. Si el saldo total de la cuenta o del conjunto de cuentas supera el umbral correspondiente, la cuenta puede tener que incluirse aunque el contribuyente solo posea un porcentaje. Normalmente, la declaración debe reflejar el saldo total y el porcentaje de titularidad del contribuyente. Esta es una situación habitual en matrimonios y cuentas familiares fuera de España.
Los valores en moneda extranjera deben convertirse a euros utilizando un tipo de cambio adecuado para la fecha de valoración correspondiente. En el caso de las cuentas bancarias, deben revisarse el saldo a 31 de diciembre y, cuando proceda, el saldo medio del último trimestre. Los clientes deben conservar prueba del tipo de cambio utilizado y de la fuente de valoración, especialmente en cuentas en USD, CAD, GBP o CHF.
No. Las monedas virtuales no se declaran en el Modelo 720. España cuenta con una declaración informativa separada, el Modelo 721, para determinadas monedas virtuales situadas en el extranjero. Esta distinción debe hacerse con claridad, porque el contenido antiguo sobre criptomonedas y Modelo 720 puede resultar confuso. Un cliente con criptoactivos en un exchange o custodio extranjero debe revisar por separado el Modelo 721 y las consecuencias en el IRPF español.

Potencialmente, sí. Una cuenta de corretaje de Estados Unidos puede contener acciones, ETFs, fondos, bonos, saldos en efectivo u otros activos financieros que encajen dentro de las categorías de valores o cuentas bancarias. El tratamiento correcto depende de la estructura de la cuenta, los activos mantenidos y los valores en las fechas correspondientes. Los clientes estadounidenses también deberían coordinar la revisión española con las obligaciones informativas de Estados Unidos, como FATCA y FBAR.

Los productos de pensión extranjeros requieren una revisión caso por caso. Algunos derechos de pensión pueden no encajar dentro de las categorías clásicas del Modelo 720 hasta que se produzca un hecho que active la obligación, pero esto depende de los derechos legales y económicos asociados al producto. Los planes 401(k), IRA, RRSP canadienses y productos similares deben revisarse antes de presentar el modelo, ya que el tratamiento en España puede diferir de la clasificación en el país de origen.

En muchos casos, el régimen especial de la Ley Beckham puede eliminar o reducir determinadas obligaciones de información sobre bienes en el extranjero para el contribuyente que cumple los requisitos, pero esto nunca debe asumirse sin un análisis previo. Debe revisarse la situación del solicitante, los familiares, los bienes, las fuentes de ingresos y los plazos. Los cónyuges u otros familiares pueden no tener la misma posición declarativa que el beneficiario principal de la Ley Beckham.

Normalmente, no. Los convenios de doble imposición se centran principalmente en distribuir los derechos de imposición sobre rentas, ganancias o patrimonio entre dos países. El Modelo 720 es una obligación de información regulada por la normativa interna española. Un convenio fiscal puede ser relevante para determinar cómo tributan las rentas o ganancias, pero normalmente no elimina la necesidad de comprobar si los bienes en el extranjero deben declararse en España.

La presentación fuera de plazo puede seguir teniendo consecuencias, aunque el antiguo régimen sancionador fue cuestionado a nivel europeo y España adaptó las normas después de 2022. El nivel de riesgo depende de si la presentación es tardía, incompleta, incorrecta, si ha sido requerida por la Agencia Tributaria o si se regulariza de forma voluntaria. Los clientes deben solicitar asesoramiento antes de presentar el modelo fuera de plazo, ya que la estrategia y la explicación justificativa pueden ser importantes.

Sí, pero el procedimiento correcto depende del tipo de error. Algunas incidencias pueden requerir una declaración complementaria o rectificativa, mientras que otras pueden necesitar una revisión más detallada porque afectan a ejercicios anteriores o a otros impuestos. Una corrección debe ser coherente con los extractos bancarios, los extractos de cuentas de corretaje, los documentos de propiedad y otras declaraciones fiscales españolas para evitar crear nuevas inconsistencias.

La sanción histórica del 150 % y los efectos de imprescriptibilidad asociados al antiguo régimen fueron criticados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2022 por considerarse desproporcionados. Posteriormente, España adaptó el marco sancionador. La obligación de declarar bienes en el extranjero sigue vigente, pero el contenido web debe evitar presentar el antiguo régimen del 150 % como la consecuencia actual por defecto.

Presenta el Modelo 720 con asesoramiento fiscal internacional

Si recientemente te has convertido en residente fiscal en España o estás planificando mudarte a España, conviene revisar tus bienes en el extranjero antes de que venza el plazo del Modelo 720. Nuestro equipo fiscal puede analizar tus cuentas bancarias, carteras de inversión, pensiones, productos de seguro, bienes inmuebles y exposición a criptoactivos para confirmar qué debe declararse y cómo debe coordinarse tu situación con las obligaciones fiscales españolas.