Impuesto sobre donaciones en España 2026
Abogados fiscales especializados en donaciones de inmuebles, dinero o activos
El impuesto sobre donaciones en España forma parte del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se aplica cuando una persona recibe dinero, un inmueble u otros bienes de forma gratuita. Normalmente, es el beneficiario de la donación, y no el donante, quien debe presentar la declaración y pagar el impuesto. En los casos de no residentes gestionados por la Agencia Tributaria, la donación debe declararse mediante el Modelo 651 en un plazo de 30 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se formaliza. El importe final depende del tipo de bien, la comunidad autónoma aplicable, la relación entre el donante y el beneficiario y el patrimonio preexistente de este último.
Te asesoraremos sobre si resulta más conveniente transmitir un inmueble, dinero u otros bienes en vida o dejarlos en herencia al redactar el testamento. También gestionamos todo el proceso de planificación y liquidación del impuesto sobre donaciones, para que la decisión sea jurídicamente segura y fiscalmente eficiente. Desde la preparación de la escritura de donación hasta la asistencia ante notario, nuestro equipo de abogados ofrece un asesoramiento claro y práctico, adaptado a tu situación personal y familiar.
Revisado por Guillermo Romano Ortiz, asesor fiscal internacional en Pellicer & Heredia.
- Miembro del Colegio de Gestores Administrativos de Alicante
- Idiomas: inglés y español
- Última actualización: julio de 2026

Planifica tu donación con Pellicer & Heredia
Nuestros abogados especializados en el impuesto sobre donaciones ofrecen un asesoramiento claro sobre donaciones de inmuebles, dinero u otros bienes en España. Te guiaremos paso a paso a través de sus implicaciones fiscales y legales.
Aspectos clave del impuesto sobre donaciones en España
Nombre oficial del impuesto
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones – Donaciones / transmisiones inter vivos
Quién suele pagar
El beneficiario de la donación, conocido como donatario, no el donante.
Modelo principal para casos de no residentes gestionados por la Administración estatal
Modelo 651
Plazo general de presentación
30 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la donación, el acto o el contrato
Hecho imponible
Recepción de bienes, dinero, inmuebles o derechos mediante donación u otra transmisión gratuita inter vivos.
Residentes fiscales en España
Tributan por los bienes recibidos en donación en todo el mundo, con sujeción a la normativa autonómica aplicable y al análisis de los convenios cuando proceda.
No residentes
Tributan cuando reciben bienes o derechos situados, ejercitables o exigibles en España.
Normativa autonómica aplicable a las donaciones de inmuebles en España
Por lo general, la comunidad autónoma donde se encuentra el inmueble.
Otros posibles impuestos
Impuesto sobre la ganancia patrimonial del donante, plusvalía municipal de los terrenos urbanos y gastos de notaría y Registro de la Propiedad.
Principal riesgo al planificar la donación
Firmar la escritura o transferir el dinero antes de comprobar las bonificaciones autonómicas, la documentación necesaria y la situación fiscal del donante.
¿Qué es el impuesto sobre donaciones en España?
El impuesto sobre donaciones en España forma parte del sistema español del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se aplica cuando una persona recibe gratuitamente dinero, bienes inmuebles, participaciones sociales, activos empresariales u otros derechos durante la vida del donante.
Para las familias extranjeras, el aspecto clave es que España no tiene en cuenta únicamente la nacionalidad. La residencia fiscal, el tipo y la ubicación del bien, así como la relación entre el donante y el donatario, influyen en el resultado fiscal final. Por este motivo, una misma donación puede tener consecuencias muy diferentes según se trate de un inmueble situado en España, una transferencia bancaria, participaciones sociales, la nuda propiedad o un usufructo reservado.
¿Quién paga el impuesto sobre donaciones en España?
En una donación ordinaria, la persona que recibe el bien paga el impuesto sobre donaciones en España. Esta persona es el donatario. El donante puede tener otras consecuencias fiscales, especialmente cuando la donación afecta a un inmueble situado en España o a otro activo cuyo valor haya aumentado desde su adquisición.
Esta distinción es importante. Un progenitor que dona un inmueble a un hijo puede no pagar el impuesto sobre donaciones como beneficiario, pero sí puede tener que analizar la tributación de la ganancia patrimonial. Por su parte, el hijo debe calcular y presentar la autoliquidación del impuesto sobre donaciones y, en el caso de un inmueble urbano, también puede tener que abonar la plusvalía municipal.
¿Cuándo se aplica el impuesto sobre donaciones a residentes extranjeros y no residentes?
El impuesto sobre donaciones puede aplicarse tanto a los residentes fiscales en España como a los no residentes. Por lo general, un residente fiscal en España tributa por los bienes recibidos en donación en cualquier parte del mundo. Un no residente puede quedar sujeto al impuesto español sobre donaciones cuando el bien donado se encuentre en España o cuando el derecho pueda ejercitarse o cumplirse en territorio español.
Esto hace que el impuesto sea especialmente relevante para los propietarios no residentes de inmuebles situados en España, los padres que ayudan a sus hijos a comprar una vivienda en el país, las familias que transfieren dinero desde o hacia cuentas bancarias españolas y los residentes extranjeros que desean ordenar su patrimonio antes de que surjan cuestiones sucesorias.
Donaciones de inmuebles situados en España
La donación de un inmueble situado en España es uno de los supuestos más habituales entre los clientes extranjeros. Normalmente requiere el otorgamiento de una escritura pública ante notario, la valoración del inmueble, el cálculo del impuesto, la presentación de la correspondiente autoliquidación del impuesto sobre donaciones y la coordinación con el Registro de la Propiedad.
Por lo general, se aplica la normativa de la comunidad autónoma donde se encuentra el inmueble. Por tanto, el resultado puede variar considerablemente según la propiedad esté situada en Alicante, Valencia, Mallorca, Madrid, Andalucía o Cataluña. Antes de firmar, la familia debe analizar conjuntamente el impuesto sobre donaciones, la posible ganancia patrimonial del donante y la plusvalía municipal, ya que centrarse únicamente en uno de estos impuestos puede conducir a una decisión incompleta.
Donaciones de dinero o transferencias bancarias
Las donaciones de dinero y las transferencias bancarias entre familiares también pueden estar sujetas a tributación en España. El hecho de que el dinero se transfiera entre padres e hijos no implica automáticamente que esté exento de impuestos. El tratamiento fiscal depende de la residencia de las partes, el origen y el destino de los fondos, la documentación y la normativa autonómica aplicable.
A efectos prácticos, las transferencias de importe elevado deben documentarse antes de mover el dinero. Cuando la operación se conciba como un préstamo y no como una donación, el contrato de préstamo debe redactarse correctamente y declararse cuando sea necesario. Si se trata de una donación, la autoliquidación tributaria debe ser coherente con la documentación jurídica y bancaria.
Donaciones de participaciones sociales, activos empresariales y bienes de valor
Las donaciones de participaciones sociales, activos empresariales, vehículos, joyas, obras de arte, criptoactivos o carteras de inversión requieren una valoración específica. En determinados casos pueden aplicarse reducciones vinculadas a la sucesión empresarial, aunque suelen estar sujetas a requisitos estrictos relacionados con la actividad, la participación, la edad, las funciones de dirección y los periodos de mantenimiento.
En el caso de familias expatriadas y personas con un patrimonio elevado, estas donaciones deben analizarse conjuntamente con el Impuesto sobre el Patrimonio, el futuro impuesto sobre sucesiones y donaciones, las obligaciones del formulario 720 y, cuando corresponda, las normas internacionales de declaración de bienes en el país del donante o del receptor. Impuesto sobre Sucesiones, obligaciones del formulario 720 y, cuando corresponda, normas internacionales de declaración de bienes en el país del donante o del receptor.
¿Cómo se calcula el impuesto sobre donaciones en España?
El impuesto sobre donaciones no se calcula aplicando un único porcentaje nacional. El punto de partida es el valor neto de los bienes o derechos que recibe el donatario. A continuación, deben tenerse en cuenta las reducciones aplicables, la tarifa del impuesto, el grupo de parentesco, el coeficiente multiplicador en función del patrimonio preexistente y las deducciones o bonificaciones autonómicas.
La tarifa estatal es progresiva, pero muchas comunidades autónomas aplican su propia normativa o establecen importantes reducciones y bonificaciones para los familiares más cercanos. Por este motivo, para realizar un cálculo correcto es imprescindible identificar primero la comunidad autónoma aplicable antes de aplicar cualquier tipo impositivo, reducción o bonificación.
El valor del bien donado
La base imponible suele partir del valor del bien recibido, minorado únicamente por las cargas o deudas deducibles que cumplan los requisitos legales. En el caso de los inmuebles, el valor declarado debe revisarse con especial atención, ya que puede influir no solo en el impuesto sobre donaciones, sino también en la futura tributación de la ganancia patrimonial si el donatario vende posteriormente la propiedad.
Infravalorar el bien puede generar problemas con la Administración tributaria, mientras que asignarle un valor excesivo puede aumentar la carga fiscal actual y distorsionar la planificación futura. La valoración debe ser realista, estar debidamente documentada y ser coherente con la escritura pública y la autoliquidación tributaria.
Donaciones de dinero o transferencias bancarias
La relación entre el donante y el donatario es importante. Los cónyuges, hijos, padres y nietos suelen recibir un tratamiento fiscal más favorable que los hermanos, sobrinos, parejas no casadas o beneficiarios sin vínculo familiar. El patrimonio preexistente del donatario también puede influir en el coeficiente multiplicador aplicado al resultado del impuesto.
Este aspecto resulta especialmente relevante para las familias internacionales, ya que puede ser necesario revisar el estado civil, la inscripción como pareja de hecho, la adopción, la relación con los hijastros y la documentación de residencia antes de aplicar una reducción o bonificación autonómica.
Grupo I
Hijos y adoptados menores de 21 años
Mayores reducciones y bonificaciones, y coeficientes o tipos impositivos más bajos
Grupo II
Hijos y adoptados de 21 años o más, padres, cónyuges y ascendientes
También reciben un tratamiento fiscal favorable, aunque en ocasiones algo menos ventajoso que el Grupo I.
Grupo III
Hermanos, sobrinos, tíos, etc.
Mayor tributación y menos reducciones o bonificaciones que en los Grupos I y II.
Grupo IV
Familiares más lejanos y personas sin vínculo de parentesco
Familiares más lejanos y personas sin vínculo de parentesco.
Reducciones y bonificaciones autonómicas
Las comunidades autónomas españolas pueden reducir considerablemente la carga fiscal efectiva. Algunas ofrecen bonificaciones muy elevadas para las donaciones entre familiares cercanos, mientras que otras son más restrictivas o exigen requisitos formales, como el otorgamiento de una escritura pública, una redacción específica, el cumplimiento de determinados plazos o la trazabilidad de los fondos.
Por este motivo, la estructura jurídica de la operación no debe decidirse únicamente preguntando si existe un impuesto sobre donaciones en España. La cuestión más adecuada es determinar qué normativa autonómica resulta aplicable, qué documentación debe aportarse y qué otros impuestos se generan como consecuencia de la misma operación.
¿Qué normativa fiscal autonómica se aplica?
La normativa autonómica aplicable suele ser uno de los aspectos más importantes al analizar el impuesto sobre donaciones en España. En los casos transfronterizos, la respuesta depende de la residencia del contribuyente, la ubicación del bien y de si se trata de un inmueble, dinero, valores u otro bien mueble.
Este es un origen frecuente de errores. El donante puede residir en el extranjero, el donatario puede ser residente fiscal en España y el bien puede encontrarse dentro o fuera del país. Cada combinación debe analizarse por separado antes de que la familia aplique una reducción o bonificación fiscal.
No residentes que reciben inmuebles situados en España
Cuando un no residente recibe mediante donación un inmueble situado en España, la normativa autonómica aplicable suele ser la de la comunidad autónoma donde se encuentra la propiedad. Por ejemplo, un no residente que recibe un inmueble en la Comunidad Valenciana no debe aplicar automáticamente la normativa de Madrid, Andalucía o Cataluña.
La ubicación del inmueble también influye en la intervención notarial, la inscripción en el Registro de la Propiedad, la revisión del valor catastral y la plusvalía municipal. Por este motivo, las donaciones de inmuebles situados en España deben planificarse de forma conjunta desde el punto de vista jurídico, fiscal e inmobiliario.
Residentes fiscales en España que reciben bienes situados en el extranjero
Un residente fiscal en España que recibe bienes situados en el extranjero puede estar obligado a declarar la donación en España. En ese caso, la normativa autonómica aplicable suele estar vinculada a la comunidad autónoma de residencia del donatario, aunque también debe analizarse el tratamiento fiscal de la donación en el país extranjero.
Para los clientes estadounidenses, canadienses, neerlandeses, alemanes o británicos que viven en España, una donación recibida en el extranjero puede tener implicaciones en las obligaciones de información fiscal, el Impuesto sobre el Patrimonio, el modelo 720, el cumplimiento de los requisitos bancarios y la futura planificación sucesoria. La autoliquidación española del impuesto sobre donaciones debe ser coherente con la documentación extranjera.
Sección sobre normativa autonómica
Un no residente recibe un inmueble situado en España
Comunidad autónoma donde se encuentra el inmueble.
Esto determina si pueden aplicarse reducciones o bonificaciones autonómicas.
Un no residente recibe bienes muebles situados en España
Comunidad autónoma donde los bienes hayan permanecido durante el mayor número de días en los cinco años anteriores.
La ubicación de los fondos bancarios, los valores u otros derechos puede influir en la normativa finalmente aplicable.
Un residente fiscal en España recibe un inmueble situado fuera de España.
Comunidad autónoma de residencia del donatario.
El donatario puede estar obligado a declarar la donación en España aunque el bien se encuentre en el extranjero.
Un residente fiscal en España recibe dinero procedente del extranjero.
Comunidad autónoma de residencia del donatario, sujeta a la acreditación documental y a la revisión de la tributación en el extranjero.
La transferencia debe estar debidamente documentada y ser coherente con las obligaciones de información bancaria y fiscal.
La donación incluye bienes situados en varias comunidades autónomas.
Pueden aplicarse reglas específicas de distribución y de tipo medio.
Un mismo documento puede requerir más de un cálculo autonómico.
Por qué es importante el momento de la donación
El impuesto sobre donaciones está sujeto a plazos estrictos. En las donaciones declaradas mediante el modelo 651 en casos de no residentes gestionados por la Administración estatal, el plazo general es de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la donación, el acto o el contrato. Incumplir este plazo puede generar recargos, intereses y complicaciones innecesarias con la Administración tributaria.
La opción más segura es calcular el impuesto antes de firmar la escritura o transferir los fondos. Una vez formalizada la donación, algunas alternativas de planificación pueden dejar de estar disponibles.
Cómo declarar una donación en España paso a paso
El procedimiento depende del tipo de bien y de la comunidad autónoma implicada, aunque la mayoría de los casos de donación siguen una secuencia similar. El objetivo es que el documento jurídico, la autoliquidación, el pago del impuesto y la documentación registral o bancaria sean coherentes desde el principio.
Paso 1 - Identificar al donante, al donatario y el bien
El primer paso consiste en identificar quién dona el bien, quién lo recibe y qué se transmite exactamente. El análisis varía según se trate de dinero, un inmueble situado en España, la nuda propiedad, un usufructo, participaciones sociales, vehículos o activos empresariales.
Paso 2 - Confirmar la residencia fiscal y la comunidad autónoma aplicable
Antes de calcular el impuesto, debe confirmarse si el donatario es residente fiscal en España o no residente y qué normativa autonómica resulta aplicable. Esto determinará las reducciones, deducciones y bonificaciones, así como la Administración competente para presentar la autoliquidación.
Paso 3 - Valorar el bien y revisar los impuestos relacionados
El valor utilizado para calcular el impuesto sobre donaciones debe revisarse conjuntamente con el impuesto sobre la ganancia patrimonial del donante, la plusvalía municipal en el caso de inmuebles urbanos y la futura planificación de la ganancia patrimonial del donatario. Una donación inmobiliaria puede resultar fiscalmente eficiente a efectos del impuesto sobre donaciones, pero generar un coste elevado para el donante si se ignora la ganancia patrimonial.
Paso 4 - Preparar la documentación jurídica
Algunas donaciones requieren escritura pública ante notario español, especialmente las donaciones de inmuebles y muchos supuestos en los que se pretenden aplicar beneficios fiscales autonómicos. Las donaciones de dinero y las transferencias entre familiares también deben documentarse adecuadamente para que quede clara la causa jurídica de la operación.
Paso 5 - Presentar la autoliquidación del impuesto sobre donaciones y efectuar el pago
La autoliquidación correspondiente del impuesto sobre donaciones debe presentarse ante la Administración competente. En los casos de no residentes gestionados por la Administración estatal, normalmente se utiliza el modelo 651. Los casos sujetos a normativa autonómica pueden requerir el formulario o la plataforma de la comunidad autónoma correspondiente. El justificante de pago debe conservarse junto con la escritura o el contrato de donación.
Paso 6 - Completar los trámites registrales, bancarios o de cumplimiento normativo
En el caso de los inmuebles, normalmente es necesario presentar la autoliquidación y efectuar el pago del impuesto antes de completar la inscripción registral. En las transferencias de dinero, el banco puede solicitar documentación que acredite el origen de los fondos y su tratamiento fiscal. Cuando se reciben bienes situados en el extranjero, también puede ser necesario revisar otras obligaciones de información en España.
Errores comunes que debes evitar
La planificación del impuesto sobre donaciones suele plantearse de forma incorrecta cuando la familia se centra únicamente en el ahorro fiscal aparente y no en el impacto jurídico y tributario completo de la operación. Estos son los errores que deben evitarse antes de formalizar o efectuar cualquier donación.
Dar por hecho que una transferencia entre familiares está exenta de impuestos.
Una transferencia entre padres e hijos puede seguir constituyendo una donación sujeta a tributación. El parentesco puede reducir la carga fiscal, pero no elimina la necesidad de analizar, documentar y declarar correctamente la operación.
Ignorar la tributación de la ganancia patrimonial del donante.
El donatario paga el impuesto sobre donaciones, pero el donante puede obtener una ganancia patrimonial si el bien ha aumentado de valor. Esto resulta especialmente relevante cuando los padres donan a sus hijos un inmueble situado en España.
Incumplir el plazo de 30 días hábiles.
Los plazos del impuesto sobre donaciones son breves. Esperar hasta que el banco o el Registro de la Propiedad soliciten el justificante de presentación del impuesto puede implicar que el plazo ya haya vencido.
Aplicar una normativa autonómica incorrecta.
La bonificación autonómica más conocida no siempre es la aplicable. La comunidad autónoma correcta depende de la residencia, el tipo de bien y su ubicación.
Olvidar la plusvalía municipal.
La donación de un terreno urbano o de un inmueble puede generar plusvalía municipal. Este tributo es independiente del impuesto sobre donaciones y debe comprobarse ante el ayuntamiento correspondiente.
Utilizar un préstamo informal para encubrir una donación.
Si la transferencia es un préstamo, debe funcionar realmente como tal. Si no existe intención de devolver el dinero, la Administración tributaria puede considerarla una donación.
No conservar justificantes del origen de los fondos.
Los bancos, los notarios y la Administración tributaria pueden solicitar justificantes sobre el origen del dinero y el motivo de la transferencia. La documentación debe prepararse antes de realizar la operación.
Planificar la donación sin tener en cuenta la futura herencia.
Las donaciones en vida pueden afectar a la futura planificación sucesoria, la legítima, la igualdad entre herederos y el tratamiento fiscal de transmisiones posteriores. El impuesto sobre donaciones y la planificación de la herencia deben coordinarse.
Planificación del impuesto sobre donaciones para expatriados y familias extranjeras
Para los residentes extranjeros y los propietarios no residentes, el impuesto sobre donaciones rara vez constituye una cuestión aislada. Normalmente forma parte de una decisión más amplia relacionada con la sucesión, la titularidad de los bienes, el apoyo económico a la familia, el traslado de residencia, la jubilación o la transmisión del patrimonio.
Pellicer & Heredia puede analizar si una donación en vida, un testamento, un cambio de titularidad, una estructura de usufructo, una compraventa, un préstamo o una planificación sucesoria resultan más adecuados para los objetivos familiares y la situación fiscal.
Donar en vida o dejar los bienes en herencia
Una donación en vida puede aportar seguridad jurídica y permitir que el donatario utilice el bien de forma inmediata, aunque puede generar impuestos en ese momento. La herencia puede aplazar el coste fiscal, pero también puede ocasionar problemas de liquidez, trámites sucesorios y coordinación internacional para los herederos.
La opción más adecuada depende de la estructura familiar, los bienes, la comunidad autónoma, la edad del donante, la residencia de las partes y el uso futuro del inmueble o del dinero.
Nuda propiedad y reserva de usufructo
Algunas familias se plantean donar la nuda propiedad mientras el donante conserva el usufructo. Esta fórmula puede permitir que los padres mantengan el derecho a vivir en el inmueble o a percibir las rentas del alquiler, al tiempo que transmiten parte de la titularidad a la siguiente generación.
Esta estructura debe valorarse y redactarse cuidadosamente. Puede afectar al impuesto sobre donaciones, a la futura consolidación del dominio, al impuesto sobre la renta, a la plusvalía municipal y al control efectivo del bien.
Coordinación del asesoramiento fiscal en España y en el extranjero
Las familias internacionales no deben dar por hecho que el asesoramiento recibido únicamente en España es suficiente. Una donación puede tener consecuencias fiscales en el país del donante, en el país del donatario o en ambos. Los ciudadanos estadounidenses, los residentes en Canadá, Países Bajos o Alemania y las personas domiciliadas en el Reino Unido pueden necesitar asesoramiento coordinado antes de realizar la transferencia.
Cómo gestiona Pellicer & Heredia los casos relacionados con el impuesto sobre donaciones en España
Nuestro objetivo es aclarar la situación fiscal antes de formalizar la donación. Revisamos la residencia del donante y del donatario, identificamos la normativa autonómica aplicable, calculamos el impuesto sobre donaciones previsto, comprobamos los tributos relacionados y preparamos la documentación jurídica necesaria para presentar correctamente la autoliquidación.
En las donaciones de inmuebles situados en España, coordinamos la escritura notarial, la presentación del modelo 651 o de la autoliquidación autonómica correspondiente, la revisión de la plusvalía municipal y el proceso de inscripción en el Registro de la Propiedad. En las donaciones de dinero o de bienes situados en el extranjero, nos centramos en la documentación, el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales y la coherencia con la planificación sucesoria de la familia.
Asesoramiento para expatriados, no residentes y residentes.
- Análisis de la normativa estatal y autonómica aplicable.
- Planificación fiscal internacional para reducir la carga tributaria.
- Asesoramiento de nuestros abogados sobre donaciones internacionales y transfronterizas.
- Explicación de las reducciones y bonificaciones aplicables en función del grado de parentesco.
Preparación de escrituras de donación y asistencia notarial.
- Redacción de escrituras de donación en coordinación con notarios.
- Revisión de la documentación jurídica necesaria.
- Asistencia en la formalización ante notario.
- Traducciones juradas y apostillas cuando sean necesarias.
Presentación y pago de las autoliquidaciones del impuesto sobre donaciones.
- Cálculo de la base imponible y de la cuota tributaria.
- Preparación y presentación del modelo tributario correspondiente.
- Gestión de los plazos para evitar recargos y sanciones.
- Pago y tramitación telemática o presencial ante la Administración tributaria.
Asistencia jurídica en donaciones complejas o controvertidas.
- Donaciones de inmuebles, participaciones sociales o activos empresariales.
- Defensa jurídica en caso de inspecciones o controversias tributarias.
- Mediación y negociación en conflictos entre donantes y donatarios.
- Litigación y representación jurídica ante los tribunales cuando sea necesario.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el impuesto sobre donaciones en España?
El impuesto sobre donaciones en España forma parte del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se aplica cuando una persona recibe gratuitamente bienes, dinero, inmuebles o derechos durante la vida del donante. Normalmente, el donatario debe pagar el impuesto, y el importe final depende del valor recibido, la relación con el donante, el patrimonio preexistente del beneficiario y la normativa de la comunidad autónoma aplicable.
¿Quién paga el impuesto sobre donaciones en España, el donante o el donatario?
El donatario es quien normalmente paga el impuesto sobre donaciones en España. En términos jurídicos, esta persona es el beneficiario de la donación. El donante puede seguir teniendo obligaciones fiscales independientes, especialmente cuando la donación incluye un inmueble u otro bien que ha aumentado de valor. Por ejemplo, un progenitor que dona una propiedad situada en España puede tener que revisar la tributación de la ganancia patrimonial, mientras que el hijo presenta y paga el impuesto sobre donaciones.
¿Existe una cantidad exenta del impuesto sobre donaciones en España?
España no establece una única cantidad exenta a nivel nacional que permita realizar cualquier donación sin pagar impuestos. Algunas comunidades autónomas aplican reducciones o bonificaciones a favor de familiares cercanos, pero estos beneficios dependen de la comunidad y del cumplimiento de determinados requisitos formales. Aunque la cuota efectiva sea muy reducida, la donación puede seguir teniendo que documentarse y declararse correctamente.
¿Qué es el modelo 651 en España?
El modelo 651 es el formulario español del impuesto sobre donaciones utilizado para declarar adquisiciones inter vivos en los casos gestionados por la Agencia Tributaria, especialmente en supuestos estatales de no residentes. Se emplea para declarar donaciones de dinero, inmuebles o derechos recibidos durante la vida del donante. Cuando el caso corresponde a una comunidad autónoma, la Administración tributaria autonómica puede disponer de sus propias plataformas o procedimientos.
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto sobre donaciones en España?
En los casos de no residentes gestionados por la Administración estatal y declarados mediante el modelo 651, el plazo general es de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la donación, el acto o el contrato. Los procedimientos autonómicos deben comprobarse por separado, aunque la recomendación práctica es la misma: calcular el impuesto y preparar la autoliquidación antes de firmar la escritura o transferir el dinero.
¿Qué documentos se necesitan para declarar una donación en España?
Los documentos necesarios dependen del tipo de bien. En el caso de un inmueble, el expediente suele incluir la escritura notarial, los documentos de identidad, los números NIE, los datos del inmueble, su valoración, el justificante de titularidad y la información municipal correspondiente. Para las donaciones de dinero, pueden exigirse justificantes bancarios, documentación sobre el origen de los fondos y un documento escrito de donación. Los casos de no residentes también pueden requerir certificados de residencia y documentación extranjera.
¿Qué ocurre si no declaro una donación en España?
No declarar una donación sujeta a tributación puede generar recargos, intereses y sanciones. También puede impedir trámites prácticos, como inscribir un inmueble, justificar el origen de los fondos ante un banco o regularizar posteriormente el bien. La Administración tributaria puede revisar la operación dentro del plazo de prescripción, por lo que resulta más seguro documentar y declarar a tiempo las donaciones de importe significativo.
¿Los no residentes pagan el impuesto sobre donaciones en España?
Sí, los no residentes pueden estar sujetos al impuesto sobre donaciones en España cuando reciben bienes o derechos situados, ejercitables o exigibles en territorio español. Esto suele incluir inmuebles situados en España, derechos sobre dichos inmuebles o bienes ubicados en el país. En determinados casos, los no residentes también pueden aplicar la normativa autonómica, por lo que deben revisarse la ubicación y el tipo de bien antes de calcular el impuesto.
¿Tengo que pagar el impuesto sobre donaciones si mis padres me envían dinero a España?
Una transferencia de dinero de padres a hijos puede constituir una donación sujeta a tributación si se realiza sin obligación de devolución. El tratamiento fiscal depende de la residencia del donante y del donatario, de la ubicación de los fondos, de cómo se documente la transferencia y de la normativa autonómica aplicable. Si el dinero se entrega en concepto de préstamo, este debe documentarse correctamente y funcionar como un préstamo real.
¿Qué normativa autonómica se aplica a la donación de un inmueble situado en España?
En la donación de un inmueble situado en España, normalmente se aplica la normativa de la comunidad autónoma donde se encuentra la propiedad. Esto significa que un inmueble ubicado en Alicante, Madrid, Andalucía, Cataluña o las Islas Baleares puede dar lugar a un resultado fiscal diferente. La ubicación del inmueble debe confirmarse antes de aplicar cualquier reducción o bonificación.
¿La donación de un inmueble situado en España genera otros impuestos?
Sí. La donación de un inmueble situado en España puede generar varios impuestos. El donatario puede tener que pagar el impuesto sobre donaciones y la plusvalía municipal correspondiente a terrenos urbanos. El donante puede estar obligado a declarar una ganancia patrimonial a efectos del impuesto sobre la renta, salvo que resulte aplicable alguna exención. También deben tenerse en cuenta los gastos de notaría y del Registro de la Propiedad antes de decidir si resulta más conveniente realizar una donación, una compraventa o dejar el inmueble en herencia.
¿Puede una persona mayor de 65 años donar su vivienda habitual sin pagar impuestos?
A efectos del impuesto sobre la renta en España, el donante puede quedar exento de tributar por la ganancia patrimonial al transmitir su vivienda habitual si tiene más de 65 años o cumple determinadas condiciones de dependencia. Esta exención no elimina automáticamente las obligaciones del donatario respecto al impuesto sobre donaciones ni a la plusvalía municipal. Deben revisarse la edad, la residencia fiscal, la consideración del inmueble como vivienda habitual y la normativa autonómica aplicable al impuesto sobre donaciones.
¿Puedo donar la nuda propiedad y conservar el usufructo?
Sí, es posible donar la nuda propiedad y conservar el usufructo, pero la operación debe valorarse y documentarse correctamente. Puede resultar útil cuando los padres desean transmitir la futura propiedad mientras mantienen el derecho a vivir en el inmueble o a percibir las rentas del alquiler. El tratamiento fiscal de la donación, la futura consolidación del dominio y los impuestos municipales deben calcularse con antelación.
¿Es mejor donar un inmueble en vida o dejarlo en herencia?
No existe una respuesta universal. Una donación en vida puede aportar seguridad y transmitir de inmediato la propiedad al donatario, pero también puede generar en ese momento el impuesto sobre donaciones, la tributación de la ganancia patrimonial del donante y la plusvalía municipal. La herencia puede aplazar la transmisión, aunque puede plantear trámites sucesorios, problemas de liquidez y cuestiones de sucesión internacional. Conviene comparar ambas opciones antes de firmar.
¿Puede Pellicer & Heredia gestionar el impuesto sobre donaciones para no residentes?
Sí. Pellicer & Heredia asesora a residentes extranjeros y no residentes sobre el impuesto sobre donaciones en España, el impuesto sobre sucesiones, las transmisiones inmobiliarias y la planificación fiscal internacional. El equipo puede revisar la comunidad autónoma aplicable, calcular la tributación prevista, preparar la autoliquidación y coordinar los trámites notariales, registrales y municipales cuando la operación incluye un inmueble situado en España.