Ley Beckham en España
Régimen fiscal reducido para trabajadores extranjeros
La Ley Beckham en España es una oportunidad única para profesionales extranjeros que se trasladan al país, permitiéndoles beneficiarse de un régimen fiscal especial. Bajo esta ley, los beneficiarios pueden tributar a una tasa fija del 24% sobre los ingresos obtenidos en España, mientras que los ingresos globales están exentos, lo que supone un ahorro considerable.
¿Está pensando en trabajar desde España o considerando un visado para nómada digital en España? Aprovéchese de esta Régimen Especial con ventajas fiscales adicionales, haciendo su estancia aún más beneficiosa desde el punto de vista financiero. La Ley 28/2022, publicada el 23 de diciembre de 2022, introdujo este régimen como parte del esfuerzo para promover el ecosistema start-up en España.
En Pellicer & Heredia, contamos con un equipo de abogados fiscales especializados en el proceso de solicitud de la Ley Beckham, ofreciendo un servicio integral asegurando el cumplimiento de todos los requisitos.
¿Qué es la ley Beckham?
La Ley Beckham fue introducida en 2005 como un régimen fiscal especial en España para atraer a profesionales altamente cualificados y deportistas extranjeros. Inicialmente diseñada para beneficiar a deportistas como David Beckham, de quien toma su nombre, este régimen permite que ciertos extranjeros tributen como no residentes, con una tasa fija reducida.
La Ley 28/2022, publicada el 23 de diciembre de 2022 amplía y actualiza las condiciones del régimen fiscal especial para atraer talento extranjero a España, especialmente en el ámbito del teletrabajo y las start-ups. Esta ley incluye medidas para nómadas digitales y profesionales desplazados, ofreciéndoles la posibilidad de tributar bajo un régimen similar al de la Ley Beckham, beneficiándose de ventajas fiscales, como una tasa fija y exención de ingresos obtenidos fuera de España.
El principal objetivo de la Ley Beckham es incentivar la llegada de talento internacional a España.
Requisitos para acogerse a la ley Beckham
El régimen está dirigido a profesionales altamente cualificados, deportistas, directivos, y trabajadores del sector tecnológico y start-ups. Además, personas que se trasladen como nómadas digitales también pueden acogerse, siempre que cumplan con los requisitos del régimen, lo que hace que esta ley sea especialmente atractiva para teletrabajadores.
¿Quién puede acogerse a este régimen especial?
El Régimen Especial se aplica a las siguientes personas:
- Trabajadores extranjeros (o españoles residentes en el extranjero desde hace más de 5 años) que firmen un contrato de trabajo con una empresa española y se desplacen a España debido a la oferta de empleo, o cuando su empleador extranjero les envíe con un escrito de desplazamiento. También se incluyen los casos en que el trabajo se realice a distancia utilizando medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicaciones.
- Extranjeros o españoles mencionados anteriormente, que pretendan desarrollar una actividad empresarial en España, tal y como se define en el artículo 70 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Condiciones para solicitar la Ley Beckham
Para acogerse al régimen especial tributario de la Ley Beckham, es necesario cumplir con varias condiciones.
- No haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores.
- El traslado a territorio español debe producirse en el primer año de solicitud del régimen o en el año anterior.
- La solicitud de acogimiento a este Régimen Especial deberá presentarse en el plazo de seis meses desde la obtención de la residencia en España.
Es fundamental cumplir con estos plazos y requisitos para aprovechar las ventajas fiscales que ofrece este régimen.
¿Cuánto dura la Ley Beckham en España?
Este régimen fiscal especial será aplicable durante el período impositivo en que el contribuyente fije su residencia habitual en España y durante los cinco períodos impositivos siguientes, salvo que el contribuyente opte por renunciar o sea excluido del régimen.
Se considera período impositivo el primer año natural en que se adquiera la residencia y una vez que la estancia en territorio español sea superior a 183 días.
El cónyuge y los hijos del contribuyente menores de veinticinco años (o de cualquier edad en caso de discapacidad) pueden optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes manteniendo su condición de contribuyentes por el IRPF.
Ventajas en impuestos al aplicar la ley Beckham
Las ventajas fiscales son muy significativas en comparación con el régimen fiscal nacional ordinario.
Tributación a tipo fijo
Una de las principales ventajas fiscales de la Ley Beckham es que permite a los trabajadores desplazados tributar a un tipo fijo del 24% sobre los ingresos obtenidos en España, en lugar de las tasas progresivas que se aplican a los residentes fiscales normales.
Este tipo fijo reduce considerablemente la carga tributaria, especialmente para aquellos con ingresos elevados.
Por ejemplo, un ciudadano español que gane más de 20.199 euros al año se enfrentaría a una retención fiscal mínima del 30%. Sin embargo, un extranjero que se acoja al Régimen Especial estará sujeto a un tipo impositivo máximo del 24% hasta 600.000 euros.
Para los ingresos superiores a 601.000 euros, la retención fiscal sería del 47%. Esta retención es muy inferior a la que se aplica a un ciudadano español que gane más de 300.000 euros al año. Por lo tanto, es muy recomendable considerar este régimen especial.
Exención de ingresos fuera de España
Además, bajo este régimen, los beneficiarios no están obligados a declarar ni pagar impuestos sobre sus ingresos generados fuera de España, lo que ofrece un importante ahorro fiscal para profesionales con fuentes de ingresos internacionales.
Formularios de la aeat relacionados con la ley Beckham
En la gestión del régimen especial de la Ley Beckham, es necesario presentar diversos formularios ante la Agencia Tributaria (AEAT) para cumplir con las obligaciones fiscales. Estos modelos permiten tanto solicitar la inclusión en el régimen como declarar los impuestos correspondientes durante la estancia en España.
Cada uno tiene un propósito específico, desde la solicitud inicial hasta el cumplimiento de obligaciones anuales y la declaración de bienes en el extranjero. A continuación, te explicamos los formularios más relevantes,
Modelo 149
El modelo 149 es el formulario utilizado para solicitar la inclusión en el Régimen Fiscal Especial de la Ley Beckham. Los trabajadores desplazados a España deben presentar este formulario a la Agencia Tributaria dentro de los seis meses posteriores al inicio de su actividad laboral en España. Este modelo permite formalizar la opción de tributar bajo las normas de no residentes con los beneficios fiscales asociados.
Modelo 151
El modelo 151 se utiliza para la declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes bajo el régimen de la Ley Beckham. Es el formulario que deben presentar anualmente los beneficiarios del régimen especial para tributar a la tasa fija del 24% sobre los ingresos obtenidos en España. Este modelo permite cumplir con las obligaciones fiscales de quienes se acogen a este régimen.
Modelo 720
El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria para los residentes fiscales en España, incluidos aquellos acogidos al Régimen Especial, que tengan bienes y derechos situados en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros. Aunque el régimen de la Ley Beckham exime de tributar sobre los ingresos globales, es necesario informar sobre estos bienes para cumplir con las normativas fiscales españolas.
Como solicitar la ley Beckham
Para solicitar el régimen fiscal de la Ley Beckham, es fundamental presentar una serie de documentos. El principal es el Modelo 149, que formaliza la solicitud ante la Agencia Tributaria.
También es necesario proporcionar un contrato de trabajo en España, acreditando que el traslado es por razones laborales. Además, deberás presentar un certificado de residencia fiscal en el extranjero de los últimos 5 años y una copia de tu NIE (Número de Identificación de Extranjero).
La empresa empleadora deberá emitir un certificado confirmando tu traslado. Es importante reunir todos estos documentos correctamente y asegurarse de que estén legalizados y traducidos, si es necesario.
Plazos y trámites legales
El proceso para acogerse al régimen especial debe iniciarse dentro de los seis meses posteriores al comienzo de la actividad laboral en España. Es crucial cumplir con este plazo, ya que las solicitudes fuera de este periodo no serán aceptadas.
Una vez presentada la documentación, la Agencia Tributaria evaluará el caso y confirmará si el solicitante cumple con los requisitos. Durante este proceso, es recomendable contar con asesoría especializada para garantizar que no haya errores o retrasos.
El régimen de la Ley Beckham tiene una duración máxima de seis años, después de lo cual el beneficiario deberá tributar como residente fiscal ordinario en España.
Pellicer&Heredia tu asesoría fiscal para declarar con la Ley Beckham
Una planificación fiscal eficaz es esencial para gestionar las finanzas familiares. En Pellicer & Heredia, nos encargamos de gestionar todo el proceso para que puedas acogerte al régimen especial de la Ley Beckham de manera eficiente y sin complicaciones. Nuestro equipo especializado se ocupa de:
- Asesorarte sobre tu elegibilidad para la Ley Beckham.
- Preparar y presentar el Modelo 149 para acogerte al régimen.
- Gestionar la documentación necesaria, como contratos laborales, certificados de residencia y NIE.
- Cumplir con las obligaciones fiscales anuales mediante el Modelo 151.
- Asegurarnos de que declares bienes en el extranjero, si es necesario, con el Modelo 720.
Nuestro objetivo es optimizar tu situación fiscal y maximizar los beneficios de este ventajoso régimen fiscal para trabajadores extranjeros en España. Para más información, puede ponerse en contacto con Pellicer & Heredia.
Preguntas sobre la Ley Beckham en España
¿Puedo tributar por mis ingresos en el extranjero con la Ley Beckham?
No, una de las principales ventajas de la Ley Beckham es que los beneficiarios solo tributan por los ingresos generados en España, mientras que los ingresos obtenidos fuera del país están exentos de impuestos en España.
Esto supone un gran beneficio para aquellos con ingresos globales, ya que evita la doble imposición. Es fundamental llevar un registro claro y diferenciar los ingresos obtenidos dentro y fuera de España para cumplir con la normativa.
¿Qué profesiones no pueden acogerse a la Ley Beckham?
Aunque la Ley Beckham está abierta a muchos profesionales cualificados, ciertos deportistas profesionales quedaron excluidos del régimen tras modificaciones recientes, ya que originalmente fue creada pensando en atraer a estas figuras.
Además, las profesiones que no cumplan con los requisitos de alta cualificación o que no se alineen con los sectores estratégicos definidos por la normativa española pueden no ser elegibles para beneficiarse de este régimen.
Cada caso debe ser evaluado individualmente para determinar la viabilidad de acogerse al régimen.
¿Qué pasa si no presento los formularios en el plazo correspondiente?
Si no presentas los formularios en el plazo correspondiente (especialmente el Modelo 149 para acogerse al régimen), podrías perder la posibilidad de beneficiarte de la Ley Beckham. Esto significa que tendrías que tributar como un residente fiscal ordinario, con tasas progresivas de hasta el 47% dependiendo de tus ingresos, en lugar del tipo fijo del 24%.
Es importante contar con una asesoría fiscal como Pellicer&Heredia para no perder los plazos y aprovechar las ventajas fiscales que ofrece el régimen.
¿Puedo perder el régimen de la Ley Beckham si cambio de trabajo?
Sí, podrías perder el beneficio del régimen fiscal de la Ley Beckham si cambias de trabajo, especialmente si no notificas a las autoridades fiscales españolas o si no mantienes los criterios que te permitieron acogerte al régimen. Es crucial que el nuevo trabajo cumpla con los requisitos establecidos por la ley, como estar relacionado con una empresa o sector elegible.
Es recomendable informar cualquier cambio de situación laboral y asegurarse de que sigues cumpliendo con las condiciones para mantener el régimen.
¿Puedo renovar mi régimen fiscal bajo la Ley Beckham?
No, el régimen fiscal de la Ley Beckham tiene una duración limitada de seis años, sin posibilidad de renovación. Al finalizar este período, el beneficiario debe tributar como un residente fiscal ordinario, sujeto a las tasas impositivas progresivas sobre sus ingresos globales.
Por eso, es importante planificar con antelación para optimizar la estructura fiscal y aprovechar al máximo los beneficios de este régimen durante los seis años permitidos.
¿Cómo afecta la Ley Beckham a los trabajadores autónomos?
Los trabajadores autónomos también pueden beneficiarse del régimen fiscal de la Ley Beckham, siempre que cumplan con los requisitos, como el traslado a España por motivos laborales. En este caso, el autónomo deberá demostrar que su actividad está relacionada con sectores de alta cualificación o relevantes para el ecosistema de start-ups, como tecnología, consultoría o servicios profesionales.
Al acogerse a este régimen, el trabajador autónomo puede tributar a una tasa fija del 24% sobre sus ingresos en España, eximiendo los ingresos generados en otros países.
¿Pueden acogerse los españoles a la Ley Beckham?
Generalmente, los ciudadanos españoles no pueden beneficiarse de la Ley Beckham. Sin embargo, existe una excepción: si un español ha residido fuera de España durante al menos los últimos 10 años, y regresa al país por motivos laborales con un contrato de trabajo, podría optar por este régimen fiscal especial.
Esto lo convierte en una oportunidad interesante para expatriados que regresan, siempre y cuando se cumplan los requisitos temporales de no haber sido residente fiscal en ese período.
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